Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191105-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Alcorcón. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

En el Departamento de Rentas de este Ayuntamiento, y a los efectos de lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se comunica que se hallan expuestos los acuerdos de aprobación inicial y, sus respectivos expedientes administrativos, de modificación de las ordenanzas fiscales abajo indicadas a regir durante el año 2020, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 31 de octubre del presente año:

a) Ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles.

b) Ordenanza fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

c) Ordenanza fiscal del impuesto sobre actividades económicas.

d) Ordenanza fiscal del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

e) Ordenanza fiscal de la tasa por servicios urbanísticos.

Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del citado Real Decreto Legislativo podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:

a) Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón (plaza de los Reyes de España, número 1).

b) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.

Alcorcón, a 30 de octubre de 2019.—La alcaldesa, Natalia de André del Pozo.

(03/36.754/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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