Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191106-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

112
Madrid número 13. Ejecución 67/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL TIRADO GUTIERREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid.

HAGO SABER: Que en ejecución 67/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. MARCOS SANZ ALVAREZ frente a OYSER EXPERTOS S. COOP sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO de 3/10/19 cuya parte dispositiva es la siguiente:

“Se declara extinguida la relación laboral que unía a D. MARCOS SANZ ALVAREZ con la empresa OYSER EXPERTOS S. COOPERATIVA, y se condena a la demandada a que abonen a la parte ejecutante las siguientes cantidades:

En concepto de indemnización la cantidad de 4.180,44 euros resultado de calcular 33 días por año trabajado hasta la presente resolución.

En concepto de salarios de tramitación, la cantidad resultante desde la fecha de despido (22 de enero de 2018) y hasta la fecha de la presente resolución (3 de octubre de 2019), lo que supone 619 días, por un salario día de 63,34 euros resulta la cantidad de 39.207,46 euros”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a OYSER EXPERTOS S. COOP, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de octubre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.970/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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