Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191106-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

164
Madrid número 39. Procedimiento 597/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 597/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SERGIO AMARO PLAZA frente a FONDO GARANCIA SALARIAL y SILCA INGENIERIA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :

Estimando la demanda interpuesta por D. Sergio Amaro Plaza, frente a la empresa SILCA INGENIERÍA S.L.U., en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada empresa al abono al demandante de la suma de 1.680,00 euros, en concepto de cantidad bruta reclamada que deberá ser incrementada con el recargo del 10% de interés por mora.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación, en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SILCA INGENIERIA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.793/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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