Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2019

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191106-36

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

URBANISMO

36
Cubas de la Sagra. Urbanismo. Proyecto urbanización

Habiéndose aprobado definitivamente por acuerdo de Junta de Gobierno, en sesión ordinaria de fecha 4 de octubre de 2019, el Proyecto de Urbanización de la UE-28 de las NNSS, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“Punto número 2.—Aprobación definitiva Proyecto Urbanización UE 28:

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión de 23 de mayo de 2018, acordó por unanimidad aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE-28, presentado por Sacapi, S. L., propietario único de los terrenos, sometiéndose al trámite de información pública por plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de fecha 25 de junio de 2018, y en el diario ABC, de fecha 4 de junio de 2018, así como en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, en que ha permanecido expuesto al público, y trámite de audiencia a los interesados.

Visto que durante el plazo referido se han presentado alegaciones, que han sido informadas por el técnico municipal en fecha 30 de septiembre de 2019, y en el que se concluye que no se podrán empezar las obras de urbanización hasta la presentación de la conformidad técnica por Canal de Isabel II a las redes de abastecimiento y saneamiento del Proyecto de Urbanización de la UE-28.

Consecuentemente, a la vista de la documentación que integra el expediente y los informes emitidos por los servicios técnicos, de fecha 30 de septiembre de 2019 y vistos los artículos 80, 57, 59 y 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, así como el artículo 175 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y artículos 141 y concordantes del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento Urbanístico, esta Alcaldía, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, propongo:

Primero.—Estimar las alegaciones formuladas por el Canal de Isabel II referente al cumplimiento del Proyecto de Urbanización de lo dispuesto en el informe previsto en el artículo 7 del Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestión de las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de Madrid, dado que se presentó dicho documento con informe por parte de la Comunidad de Madrid con fecha 22 de enero de 2019, dando así cumplimiento al Decreto 170/1998, conforme se expresa en el informe técnico que consta en el expediente.

Segundo.—Estimar las alegaciones formuladas por el Canal de Isabel II referente a la conformidad técnica por Canal de Isabel II a las redes de abastecimiento y saneamiento del Proyecto de Urbanización de la UE-28, dado que este documento está en tramitación por parte de dicho organismo, estando pendiente de su firma y aprobación. Por este hecho, no se podrán empezar las obras de urbanización hasta la presentación de dicho documento, conforme se expresa en el informe técnico que consta en el expediente, y quedando incorporadas en el documento que se somete a aprobación.

Tercero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización de la UE-28 de las NNSS de Cubas de la Sagra, redactado por Enrique Montejo Stuyck, presentado por Sacapi, S. L., propietario único de los terrenos.

Observaciones:

En la notificación de la aprobación definitiva se deberá solicitar que se aporte la siguiente documentación, sin la cual no se podrán comenzar las obras:

— Direcciones facultativas.

— Conformidad técnica al proyecto de abastecimiento de agua por parte del Canal de Isabel II.

— Aprobación del proyecto de suministro de energía eléctrica y transformadores por la Dirección General de Industria.

— Aprobación del proyecto de alumbrado público (para potencias superiores a 5 kw) por la Dirección General de Industria.

— Documentación de seguridad y salud:

• Plan de seguridad y salud.

• Acta de aprobación del plan de seguridad y salud.

• Coordinador de seguridad y salud.

• Redacción de aviso previo.

• Apertura del centro de trabajo.

— Firma del acta de replanteo de las obras a la que acudirá un representante del Ayuntamiento.

La entrega de la documentación solicitada deberá presentarse en el Registro del Ayuntamiento al menos con diez días de antelación al que se fije para la firma del Acta de Replanteo; fecha que deberá acordarse con los Servicios Técnicos municipales.

Se solicitará licencia de ocupación de vía pública para todas aquellas obras que no estén dentro de la Unidad de Ejecución.

— Firma del acta de replanteo de las obras a la que acudirá un representante del Ayuntamiento.

La entrega de la documentación solicitada deberá presentarse en el Registro del Ayuntamiento al menos con diez días de antelación al que se fije para la firma del Acta de Replanteo; fecha que deberá acordarse con los Servicios Técnicos municipales.

Cuarto.—Remitir la presente Resolución de aprobación definitiva al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación y efectividad, con indicación de los recursos procedentes y asimismo notificarlo a los interesados.

Sometida la propuesta a votación, se acuerda, por unanimidad de los miembros presentes, con tres votos a favor.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los asistentes, acuerda:

Primero.—Estimar las alegaciones formuladas por el Canal de Isabel II referente al cumplimiento del Proyecto de Urbanización de lo dispuesto en el informe previsto en el artículo 7 del Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestión de las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de Madrid, dado que se presentó dicho documento con informe por parte de la Comunidad de Madrid con fecha 22 de enero de 2019, dando así cumplimiento al Decreto 170/1998, conforme se expresa en el informe técnico que consta en el expediente.

Segundo.—Estimar las alegaciones formuladas por el Canal de Isabel II referente a la conformidad técnica por Canal de Isabel II a las redes de abastecimiento y saneamiento del Proyecto de Urbanización de la UE-28, dado que este documento está en tramitación por parte de dicho organismo, estando pendiente de su firma y aprobación. Por este hecho, no se podrán empezar las obras de urbanización hasta la presentación de dicho documento, conforme se expresa en el informe técnico que consta en el expediente, y quedando incorporadas en el documento que se somete a aprobación.

Tercero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización de la UE-28 de las NNSS de Cubas de la Sagra, redactado por Enrique Montejo Stuyck, presentado por Sacapi, S. L., propietario único de los terrenos.

Observaciones:

En la notificación de la aprobación definitiva se deberá solicitar que se aporte la siguiente documentación, sin la cual no se podrán comenzar las obras:

— Direcciones facultativas.

— Conformidad técnica al proyecto de abastecimiento de agua por parte del Canal de Isabel II.

— Aprobación del proyecto de suministro de energía eléctrica y transformadores por la Dirección General de Industria.

— Aprobación del proyecto de alumbrado público (para potencias superiores a 5 kw) por la Dirección General de Industria.

— Documentación de seguridad y salud:

• Plan de seguridad y salud.

• Acta de aprobación del plan de seguridad y salud.

• Coordinador de seguridad y salud.

• Redacción de aviso previo.

• Apertura del centro de trabajo.

— Firma del acta de replanteo de las obras a la que acudirá un representante del Ayuntamiento.

La entrega de la documentación solicitada deberá presentarse en el Registro del Ayuntamiento al menos con diez días de antelación al que se fije para la firma del Acta de Replanteo; fecha que deberá acordarse con los Servicios Técnicos municipales.

Se solicitará licencia de ocupación de vía pública para todas aquellas obras que no estén dentro de la Unidad de Ejecución.

— Firma del acta de replanteo de las obras a la que acudirá un representante del Ayuntamiento

La entrega de la documentación solicitada deberá presentarse en el Registro del Ayuntamiento al menos con diez días de antelación al que se fije para la firma del Acta de Replanteo; fecha que deberá acordarse con los Servicios Técnicos municipales.

Cuarto.—Remitir la presente Resolución de aprobación definitiva al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación y efectividad, con indicación de los recursos procedentes y asimismo notificarlo a los interesados”.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Cubas de la Sagra, a 15 de octubre de 2019.—El alcalde-presidente, Antonio Naranjo Martín.

(02/34.654/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191106-36