Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191106-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 52

70
Madrid número 52. Procedimiento 560/2019

EDICTO

D/Dña. M. Gracia Castro-Villacañas Pérez, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción n.º 52 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves n.° 560/2019 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N.º 95/2019

En Madrid, a catorce de marzo de 2019.—La Ilma. Sra. D.ª CONCEPCIÓN JEREZ GARCÍA, magistrado-juez del Juzgado de Instrucción número 52 de los de Madrid, en los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve Inmediato, ha dictado, en nombre del Rey, la siguiente

SENTENCIA

Vista por mí, D.ª CONCEPCIÓN JEREZ GARCÍA magistrado juez del Juzgado de Instrucción número 52 de los de Madrid, la causa seguida en este Juzgado como Juicio sobre Delito Leve Inmediato de hurto n.° 560/2019. contra MOHAMED ACHFIAA Y SOFIANE AISSAOUA, habiendo sido parte acusadora en esta causa el ministerio fiscal.

FALLO

Que debo condenar y condeno a MOHAMED ACHFIAA Y SOFIANE AISSAOUA como responsables en concepto de autores de un delito leve de hurto en grado de tentativa a la pena de 29 días de multa con una cuota diaria de 3 euros, total 87 euros, para cada uno de ellos, que habrán de satisfacer en el plazo máximo de un mes a partir de la firmeza de esta sentencia, así corno al pago de las costas del juicio.

Procédase a hacer entrega definitiva de los objetos sustraídos a su legítimo propietario.

Si el condenado no satisficiere la multa impuesta quedara sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese certificación de la presente a los autos principales.

Notifíquese al Ministerio Fiscal y a las demás partes.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a SOFIANE AISSAOUA, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/34.970/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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