Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
07-11-2019

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191107-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

54
Móstoles. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Decreto de la Alcaldía, de 8 de octubre, de modificación del decreto de Alcaldía 2981/2019, de 17 de junio, de nombramiento y funciones de las tenencias de Alcaldía, Concejalías delegadas y áreas de gestión que comprenden y señalamiento de las atribuciones de la alcaldesa que se delegan con modificación por el decreto de 8 de octubre de 2019.

Constituida la Corporación el día 15 de junio de 2019, tras las Elecciones Municipales celebradas el 26 de mayo y en atención al principio de eficacia en la organización y funcionamiento de la Administración Municipal de Móstoles, esta Alcaldía, en el uso de sus atribuciones, considera procedente el nombramiento de tenientes de alcalde y de concejales-delegados conforme se expone en la presente resolución.

Los tenientes de alcalde son órganos necesarios en el Ayuntamiento, conforme a lo previsto en los artículos 20.1.a) y 125 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 a 59 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno, en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril de 2005) y sustituyen al alcalde, por orden de su nombramiento, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad en los términos señalados en la legislación de régimen local y en el Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno, en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril de 2005).

Por otra parte, el mismo principio de eficacia requiere la utilización de la técnica de la delegación, institución que supone la transferencia del ejercicio de la competencia de un órgano a otro, exige la concreción del ámbito de la misma y de las facultades que se delegan, especialmente en cuanto supongan las de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Por ello, partiendo de las atribuciones que, siendo propias de la Alcaldía según el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, son delegables, se detallan las facultades y órganos en que se delegan con las excepciones antes indicadas. Por todo ello, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 124, apartados 4.e) y 5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en relación a los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Visto, asimismo, lo dispuesto en los artículos 53, 54, 56 a 58 y 60 a 62 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril de 2005) y demás preceptos concordantes de legal aplicación. Vista la renuncia presentada a día de hoy por el concejal don Gabriel Ortega Sanz, dispongo:

Modificar el decreto 2981/2019, de 17 de junio, en los siguientes términos:

Primero.—Revocar las delegaciones realizadas en don Gabriel Ortega Sanz.

Segundo.—Revocar a don Alejandro Martín Jiménez la delegación del Servicio de Parques y Jardines y las siguientes atribuciones:

— El otorgamiento de licencias o autorizaciones de tala de masas arbóreas, de vegetación arbustiva o de árboles aislados que, por sus características, puedan afectar al paisaje o estén protegidos por la legislación sectorial correspondiente.

— Las autorizaciones o licencias de tala de árboles previstas en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado urbano de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Delegar en don Alejandro Martín Jiménez, la gestión de los siguientes departamentos o servicios:

— Las áreas de Cultura, que comprende los departamentos y servicios de Centros Socioculturales, Teatros, Museos y Bibliotecas.

— Huertos urbanos.

— Protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica.

Cuarto.—Delegar en don David Muñoz Blanco, la gestión de los siguientes departamentos o servicios y las siguientes atribuciones:

— Departamentos y Servicios:

• Parques y jardines.

— Atribuciones:

• El otorgamiento de licencias o autorizaciones de tala de masas arbóreas, de vegetación arbustiva o de árboles aislados que, por sus características, puedan afectar al paisaje o estén protegidos por la legislación sectorial correspondiente.

• Las autorizaciones o licencias de tala de árboles previstas en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado urbano de la Comunidad de Madrid.

Quinto.—Modificar la denominación de la Concejalía de Transición Ecológica y Seguridad que pasará a llamarse Concejalía de Seguridad, Convivencia, Cultura y Transición Ecológica.

Sexto.—Las revocaciones y delegaciones efectuadas tendrán eficacia desde la misma fecha de la resolución, deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y darse cuenta al Pleno de la Corporación.

Lo decretó la alcaldesa.

En Móstoles, a 8 de octubre de 2019.—La alcaldesa, Noelia Posse Gómez.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio de Galdo Casado.

(03/36.002/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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