Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
07-11-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191107-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

70
Madrid número 66. Procedimiento 118/2016

EDICTO

Dña. TERESA MARTÍN ANTONA, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de la Instancia núm. 66.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento exequátur núm. 118/2016, instados por la procuradora Dña. MARIA ISABEL TORRES COELLO en nombre y representación de Dña. JANNETT VERONICA PAUCAR NAVARRETE contra D. ANGEL MAURICIO AIMARÁ BUENAÑO en los que se ha dictado en fecha 11/10/2019 auto cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.S.a acuerda: Estimar la petición efectuada por Dña. JANNETT VERONICA PAUCAR NAVARRETE frente a D. ANGEL MAURICIO AIMARÁ BUENAÑO, de reconocimiento de la sentencia firme de divorcio de fecha 27 de agosto de 2007 dictada en Machachi, por el Juzgado décimo quinto de lo Civil de Pichincha-Ecuador, declarándola reconocida, válida y ejecutable en España.

Expídase exhorto al Registro Civil correspondiente para su anotación marginal en la inscripción de matrimonio de ambos cónyuges una vez sea firme la presente resolución.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2887-0000-39-0118-16 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en Banco Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1.a instancia n° 66 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2887-0000-39-0118-16.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L. O. 1/2009, disposición adicional 15).

Lo acuerda y firma S. S.a

El/La Juez/Magistrado-Juez

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. ANGEL MAURICIO AIMARA BUENAÑO de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordadosajgcar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de Comunidad Autónoma de Madrid y en el tablón de anuncios de este Juzgado .

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 11 de octubre de 2019.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/36.068/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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