Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
07-11-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191107-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

85
Madrid número 8. Procedimiento 630/2017

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. RAQUEL PAZ GARCÍA DE MATEOS letrada de la Admón. de justicia del Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 630/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. JOSE MADRID MAQUEDANO frente a D. ROGELIO COZAR SANCHEZ, y FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA) sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

“En Madrid, a dieciocho de septiembre de dos mil diecinueve

Por recibidos los presentes autos procedentes de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, con testimonio de la resolución recaída, acúsese recibo. Se requiere a la parte demandada para que en el plazo de diez dias ingrese la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, o aporte a este Juzgado justificante de haber realizado el pago de la citada cantidad objeto de condena al demandante.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposicion ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D. ROGELIO COZAR SANCHEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 08 de octubre de 2019.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.141/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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