Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191108-148

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

148
Madrid número 26. Procedimiento 797/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Montserrat Torrente Muñoz letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado REFUERZO Social nº 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 797/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EVA MARÍA GARCÍA GONZÁLEZ frente a OPTIMIZACLICK SL, SOLOCAL GROUP, SA, FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA), QDQ MEDIA SA y TRAZADA MARKETING, SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado con fecha 14/10/2019, DECRETO Nº 872/2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la conciliación obtenida por el actor con la codemandada QDQ MEDIA SAU y se le tiene por desistida de la acción ejercitada en este procedimiento frente a la codemandada TRAZADA MARKETING, S.L. OPTIMIZACLIK, S.L. y SOLOCAL GROUP, S.A Ambos actos han sido formalizados, en acta y en esta Secretaría, en fecha del día de hoy, en los términos siguientes:

Con carácter previo, la parte actora desiste de la petición de nulidad por vulneración de Derechos Fundamentales. Del mismo modo, con carácter previo la trabajadora desiste de su acción contra OPTIMIZA CLICK, S.L., TRAZADA MARKETING, SA y SOLOCAL GROUP, SA

La empresa manteniendo la procedencia del despido de efectos de 31 mayo de 2019, ofrece en concepto de indemnización adicional la cantidad de 13.500 euros netos. Dicha cantidad será abonada, en el plazo de setenta y dos horas, mediante transferencia bancaria, a la cuenta en la que la trabajadora venía percibiendo su retribución.

La trabajadora acepta el ofrecimiento de la empresa, así como la forma de pago, manifestando que con el percibo de la cantidad acordada se considera completamente indemnizada, saldada y finiquitada por todos los conceptos derivados de la relación laboral que les unía, declarando expresamente no tener nada más que reclamar frente a la empresa.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2524-0000-61-0797-19.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SOLOCAL GROUP, SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de octubre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.575/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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