Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
09-11-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191109-20

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

20
Madrid número 39. Procedimiento 683/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 683/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SUSANA VICARIO MANCEBO frente a FRATERNIDAD MUPRESPA MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 275, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, COLDISAN COLMENAR SL y FOGASA sobre Seguridad social se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando en parte la demanda presentada por Dña. Susana Vicario Mancebo, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, FRATERNIDAD MUPRESPA, MATEPSS, la empresa COLDISAN COLMENAR S.L. y FOGASA, en reclamación de prestaciones derivadas de incapacidad temporal, debo condenar y condeno a la empleadora demandada COLDISAN COLMENAR S.L., como responsable directa, al abono de las prestaciones correspondientes al periodo reclamado del 5 al 20 de abril de 2018, en importe de 612,00 euros. Condeno a FRATERNIDAD MUPRESPA Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales al anticipo de dichas prestaciones caso de impago de la empleadora, sin perjuicio de los derechos y acciones que legalmente le correspondan frente a la citada mercantil. Se absuelve al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COLDISAN COLMENAR SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de octubre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.784/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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