Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
11-11-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191111-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88

82
Madrid número 88. Procedimiento 712/2018

EDICTO

Don Pedro Ángel Guirao Llorente, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal número 712/2018, instados por la procuradora doña María Granizo Palomeque, en nombre y representación de doña Alejandra López Peñalba, contra don Cristian Rubén Carballo, doña Perla Beatriz Amarilla Bogarin y doña Emilce Raquel Amarilla Bogarin, en los que se ha dictado, en fecha 20 de mayo de 2019, sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora doña María Granizo Palomeque en representación de doña Alejandra López Peñalba, contra doña Emilce Raquel Amarilla Bogarin, doña Perla Beatriz Amarilla Bogarin y don Cristian Rubén Carballo, estos dos últimos en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a los tres demandados a abonar la cantidad de 1.123,62 euros, más los intereses expresados.

No procede efectuar condena en costas.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la LEC).

Y dado el ignorado paradero del demandado, don Cristian Rubén Carballo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 23 de mayo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/19.594/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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