Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
11-11-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191111-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

98
Madrid número 8. Procedimiento 81/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. Raquel Paz García de Mateos, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 81/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dº. LUCIAN DANIEL CHISCOP frente a DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID, SISTEMAS TÉCNICOS DE OBRA SECA, SL y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre Reclamación al Estado Salarios Tramitación se ha dictado la siguiente resolución:

Vistos por mí, don JAVIER CARAZO RUBIO, Magistrado del Juzgado de lo Social número 8 de Madrid, los presentes autos seguidos a instancias de don LUCIAN DANIEL CHISCOP contra la DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN MADRID y la mercantil SISTEMAS IBÉRICOS DE OBRA SECA, S.L., ha pronunciado la siguiente

FALLO

Estimo la demanda formulada por don LUCIAN DANIEL CHISCOP contra la DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN MADRID y la mercantil SISTEMAS IBÉRICOS DE OBRA SECA, S.L., y les condeno a abonarle la cantidad de 5.133,44 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta del BANCO DE SANTANDER, a nombre de este Juzgado Social Ocho de Madrid con el número de referencia IBAN ES55 0049356992 0005001274, indicando como concepto la cuenta del Juzgado 2506 0000 67 008119 aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Dº JAVIER CARAZO RUBIO

EL MAGISTRADO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SISTEMAS TÉCNICOS DE OBRA SECA, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de octubre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.626/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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