Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191114-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

PERSONAL

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Villaviciosa de Odón. Personal. Plantilla de personal

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno Corporativo, con fecha 28 de octubre de 2019, se hace público lo siguiente:

Primero.—Se crean los siguientes puestos de trabajo de personal eventual, con las siguientes denominaciones, características y retribución:

— Denominación: asesor/a técnico del equipo de gobierno.

— Naturaleza: personal eventual (artículo 12 del Estatuto Básico del Empleado Público).

— Características: deberá disponer de titulación superior o una cualificación especial, y desarrollará labores de asesoramiento especial, para las que se requiere titulación superior o una cualificación especial.

— Retribución bruta anual: 42.500,00 euros (14 pagas).

— Número de puestos: dos.

El resumen de la propuesta es el siguiente:

Las retribuciones brutas de los puestos de trabajo de personal eventual se ajustarán a las variaciones que se establezcan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal al servicio de las Administraciones Públicas, tomando como referencia lo establecido para los siguientes subgrupos de clasificación del personal funcionario:

— Asesores técnicos del equipo de gobierno: subgrupo A1.

Segundo.—Este acuerdo será efectivo desde la fecha de su adopción y será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica del Ayuntamiento, en cumplimiento de lo que disponen el apartado 5 del artículo 104 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril y el artículo 16 de la Ordenanza Municipal de Transparencia, y para que tenga los efectos propios de la notificación, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero.—Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Directamente contra esta resolución se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

Villaviciosa de Odón, a 29 de octubre de 2019.—El secretario general, Manuel Paz Taboada.

(03/36.870/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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