Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191114-56

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

56
Madrid número 1. Procedimiento 144/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA CARMEN RODRÍGUEZ VOZMEDIANO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 1 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 144/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON FRANCISCO MANUEL FERNÁNDEZ, DON RUBÉN OROPESA MORENO y DON FREDDY FRANCISCO HERNÁNDEZ frente a TRAVEL TRANSFERS, S. L., y FOGASA sobre Conflicto colectivo se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA.—En Madrid, a tres de octubre de dos mil diecinueve.

La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que, en fecha 3 de octubre de 2019 comparece el letrado DON MIGUEL CAMPOMANES RODRÍGUEZ, con número de profesional 086145, en nombre y representación de DON RUBÉN OROPESA MORENO, DON FREDDY FRANCISCO HERNÁNDEZ y DON FRANCISCO MANUEL FERNÁNDEZ, según poder notarial cuya copia consta en autos manifestando su intención de desistir de la demanda, con reserva de acciones, la parte demandada no comparece. Doy fe.

NÚMERO RESOLUCIÓN: 100/19.

AUTO

En Madrid, a tres de octubre de dos mil diecinueve.

HECHOS

PRIMERO.—El presente proceso ha sido promovido por DON RUBÉN OROPESA MORENO, DON FREDDY FRANCISCO HERNÁNDEZ y DON FRANCISCO MANUEL FERNÁNDEZ, figurando como parte demandada FOGASA y TRAVEL TRANSFERS, S. L., sobre Negociación convenio colectivo, habiéndose citado a las partes.

SEGUNDO.—Que por la parte demandante ha manifestado que desiste de su demanda.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.—El desistimiento por parte del actor o actores, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante, que produce la terminación del proceso. Procede tener a/los demandante/s por desistido/s de su demanda (artículo 20.2 LEC).

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora DON RUBÉN OROPESA MORENO, DON FREDDY FRANCISCO HERNÁNDEZ y DON FRANCISCO MANUEL FERNÁNDEZ de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO SANTANDER número de cuenta 2499-0000-63-0144-19.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

DOÑA AMAYA OLIVAS DÍAZ

LA MAGISTRADA-JUEZ

DILIGENCIA.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LRJS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a TRAVEL TRANSFERS, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de octubre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/35.457/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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