Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191118-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 7

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Collado Villalba número 7. Procedimiento 549/2017

EDICTO

Doña Ana María Nieto Frías, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 7.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 549/2017, instados por don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de Recreativos Pozuelo, contra Grabowska y Claveria, y doña Monika Magdalena Grabowska, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 30 de noviembre de 2018 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Sentencia número 177/2018

Collado Villalba, a 30 de noviembre de 2018.—La magistrada-juez, doña Alejandra Fontana Sánchez.

Fallo

Que estimo íntegramente la demanda formulada por la representación de la sociedad mercantil Recreativos Pozuelo, S. L., contra la mercantil Grabowska y Claveria, S. L., y contra doña Monika Magdalena Grabowska, y, en su virtud, declaro la resolución del contrato de instalación de máquinas recreativas y cesión de derecho en exclusiva, suscrito entre las partes en fecha 18 de febrero de 2008, y condeno solidariamente a las demandadas al abono de la cuantía reclamada en concepto de reconocimiento de deuda por importe de 5.740 euros, más los intereses legales desde la reclamación judicial y las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a su notificación, ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, previa la constitución del depósito previsto en la LO 1/2009, de 3 de noviembre, de modificación de la LOPJ.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Grabowska y Claveria, y doña Monika Magdalena Grabowska, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Collado Villalba, a 5 de junio de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.826/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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