Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
19-11-2019

Sección 1.2.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191119-6

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

6
ORDEN 1128/2019, de 22 de octubre, del Consejero de Sanidad, por la que se aprueba la relación definitiva del personal que se integra en el régimen estatutario en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias.

I

Por Orden 527/2019, de 26 de abril, del Consejero de Sanidad, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 17 de mayo de 2019, la convocatoria del proceso de integración voluntaria en el régimen del personal estatutario en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias para el personal que presta servicios en el SUMMA 112 del Servicio Madrileño de Salud al amparo de lo dispuesto en la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

II

Conforme a lo señalado en la disposición quinta, punto 1, de la citada Orden, los interesados disponían de un plazo de un mes, desde el día siguiente al de la publicación de la Orden, para la presentación de la solicitud de integración voluntaria en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias junto con la documentación exigida en la convocatoria.

III

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso de integración voluntaria en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias, previa revisión de las solicitudes por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud y comprobado que los candidatos reúnen los requisitos establecidos en la Orden 527/2019, de 26 de abril, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud por Resolución el 19 de julio de 2019, publicó la relación provisional de admitidos y excluidos al proceso de integración voluntaria en el régimen estatutario en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias, concediendo a los interesados un plazo de treinta días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada Resolución, para que pudieran realizar todas aquellas alegaciones que considerasen oportunas.

IV

En virtud de lo expuesto anteriormente, una vez finalizado el plazo concedido para la presentación de alegaciones, analizadas las mismas y verificado que los solicitantes reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, a propuesta del Servicio Madrileño de Salud, y de conformidad con lo establecido en la disposición quinta, punto 3, de la Orden 527/2019, de 26 de abril, del Consejero de Sanidad, y en el artículo 50, apartado 3, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Integrar como personal estatutario fijo en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias al personal incluido en la relación definitiva de integración que se recoge en el Anexo I a la presente Orden, con indicación de la situación administrativa correspondiente y su adscripción al SUMMA 112.

Segundo

Excluir del proceso de integración en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias al personal que se relaciona en el Anexo II a la presente Orden, con especificación de las causas de exclusión.

Tercero

Determinar que los efectos jurídicos y económicos para el personal relacionado en el Anexo I serán los que se recogen en el artículo 6 del Decreto 8/2007, de 1 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula el proceso voluntario de integración en el régimen estatutario del personal laboral y funcionario que presta servicios en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, y surtirá efectos en la fecha en la que se apruebe el correspondiente expediente de modificación de plantilla.

Cuarto

Declarar que el personal integrado en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias quedará en su categoría o cuerpo de origen en la situación administrativa que corresponda.

Quinto

Ordenar al Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, conforme prevé la disposición quinta, punto 3, de la Orden 527/2019, de 26 de abril, del Consejero de Sanidad, que expida al personal integrado el nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias, una vez modificada la plantilla orgánica del centro afectado por esta integración.

Sexto

De conformidad con la disposición octava de la Orden 527/2019, de 26 de abril, el personal funcionario de carrera, incluido en el ámbito de aplicación de la citada Orden, que no opte por la integración o aquel que optando no reúna los requisitos exigidos para su concesión, continuará en el puesto de trabajo que desempeñe o, en su caso, el que tenga reservado, conservando los derechos que se deriven de su condición de personal funcionario, conforme a las normas que le sean de aplicación. Asimismo, el personal estatutario fijo que no opte por la integración o que no resulte integrado por no reunir los requisitos exigidos en la citada Orden continuará en su categoría de origen, conservando los derechos que se deriven de su condición de personal estatutario, conforme a las normas que le sean de aplicación.

Séptimo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer ante el Consejero de Sanidad recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su publicación de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

Madrid, a 22 de octubre de 2019.

El Consejero de Sanidad, ENRIQUE RUIZ ESCUDERO



(03/37.592/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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