Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2019

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191120-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

42
Boadilla del Monte. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que el señor alcalde, mediante decreto número 4261/2019, de 25 de octubre, ha resuelto:

1. Modificar las letras b) y c) del apartado 1 del decreto de esta Alcaldía número 2676/2019, de 17 de junio, de delegación de atribuciones de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local, que quedan redactados en los siguientes términos:

b) Las contrataciones, excepto las de obra, y las concesiones de toda clase cuando su importe supere los 15.000,00 euros, más el IVA correspondiente, y no superen el limite competencial del alcalde, incluidas las de carácter plurianual, dentro de los límites de su competencia y siempre que su duración no exceda de cuatro años. Se exceptúa de la delegación la adjudicación de los contratos correspondientes.

c) Las contrataciones de obras cuando su importe sea superior a 40.000,00 euros, más el IVA correspondiente, y no superen el limite competencial del alcalde, incluidas las de carácter plurianual, dentro de los límites de su competencia, y siempre que su duración no exceda de cuatro años. Se exceptúa de la delegación la adjudicación de los contratos correspondientes.

En Boadilla del Monte, a 7 de noviembre de 2019.—El segundo teniente de alcalde, delegado de Coordinación (decreto de delegación número 2680/2019, de 18 de junio), Jesús Egea Pascual.

(03/37.468/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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