Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
25-11-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191125-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

101
Madrid número 2. Procedimiento 96/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Carrero, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 96/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. ALVARO PUERTAS ROLLON frente a HIGH TECH SPAIN SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO Número 24/2019 19/03/2019

PARTE DISPOSITIVA

Se Acuerda declarar la falta de competencia de este Órgano judicial para conocer de la demanda formulada D./Dña. ALVARO PUERTAS ROLLON, contra HIGH TECH SPAIN SL, absteniéndome de conocer sobre ella y advirtiendo al/los demandante/s que podrá/n hacer uso de su derecho ante los Juzgados de Móstoles.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco de Santander número de cuenta 2500-0000-61-0096-19.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado – Juez.

Dña. MARIA DEL CARMEN CANO MARTINEZ

EL MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a HIGH TECH SPAIN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta de octubre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/36.634/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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