Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
25-11-2019

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191125-56

Páginas: 20


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

56
Pozuelo de Alarcón. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

El titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, con fecha 9 de octubre de 2019, ha dictado resolución aprobando las Bases y convocatoria que habrán de regir el proceso selectivo mediante el sistema de promoción interna, de dos Oficiales de Primera, un Oficial de Mantenimiento, un Jefe/a Equipo de Mantenimiento, un Oficial Conductor, personal laboral.

Parte dispositiva de la Resolución del Titular del área de Gobierno de Vicealcadía de fecha 9 de octubre de 2019:

Primero.—Aprobar las bases y convocatoria para la cobertura, mediante promoción interna y por el sistema de concurso-oposición, de las plazas relacionadas en la parte expositiva, cuyo texto se adjunta.

Segundo.—Convocar el proceso selectivo, publicándose donde corresponda.

BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA POR PROMOCIÓN INTERNA Y MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO EN ESTE AYUNTAMIENTO Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS

1. Objeto de la convocatoria

Las presentes bases tienen por objeto cubrir mediante concurso-oposición y por promoción interna, las plazas que se relacionan a continuación, de personal laboral fijo, en el Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos:

— Dos plazas de Oficial de Primera, Grupo C2.

— Una plaza de Oficial de Mantenimiento, Grupo C2.

— Una plaza de Jefe/a de Equipo de Mantenimiento, Grupo C1.

— Una plaza de Oficial Conductor, Grupo C2.

Las bases de la convocatoria serán comunes para todas las categorías, con los aspectos específicos que vendrán recogidos en el correspondiente anexo para cada una de ellas. Los requisitos, programas y pruebas que han de regir el acceso a cada categoría son los que figuran en las normas específicas recogidas en el anexo correspondiente a cada proceso selectivo.

2. Normativa aplicable

Esta convocatoria se regirá por las presentes Bases, sin perjuicio de lo establecido en las Bases Generales para personal laboral fijo, por promoción interna, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de enero de 2006) y con carácter supletorio, la normativa de aplicación, constituida por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; y el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. En materia procedimental será asimismo aplicable la legislación básica estatal en materia de procedimiento administrativo común.

3. Características del puesto

Las plazas convocadas están incluidas en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, con su número de referencia, a jornada completa y dotadas con las retribuciones establecidas en el Presupuesto Municipal y en la Relación de Puestos de Trabajo.

Las funciones del puesto de trabajo serán las propias de su categoría. El resto de condiciones de trabajo resultará de lo previsto en el Convenio Colectivo vigente y demás normativa laboral.

4. Sistema selectivo

El procedimiento de selección constará de dos fases sucesivas:

a) Concurso

b) Oposición.

La justificación de la fase de concurso viene determinada por la necesaria adecuación de los principios de igualdad, mérito y capacidad al procedimiento por promoción interna, y a las propias características de los puestos que se convocan.

5. Tasa por derechos de examen

La tasa por derechos de examen establecida en la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora, con las bonificaciones y exenciones en ella establecidas, en la cuantía especificada en cada uno de los anexos específicos y que será satisfecha en su totalidad dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo subsanable con posterioridad. Se realizará mediante ingreso o transferencia bancaria en la entidad bancaria “Bankia” con número: ES20 2038/2208/43/6000617007. Los aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así como la denominación del proceso selectivo en que participan.

6. Requisitos de los aspirantes

Para tomar parte en las presentes pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos, además de los contemplados en el art. 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, referidos en su correspondiente Anexo.

Ser trabajador fijo de la plantilla del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y pertenecer al grupo profesional inmediatamente inferior a la categoría por la que se opta, siempre que lleven dos años de servicios efectivos en dicho grupo profesional. Todos los requisitos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse, al menos, hasta la materialización del contrato de trabajo. Los períodos de suspensión del contrato por las causas legalmente previstas computarán a efectos del cumplimiento de los indicados requisitos.

7. Órgano de selección

El órgano de selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo a la paridad entre mujer y hombre. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

La designación nominativa se resolverá por Resolución del órgano competente, por la que se aprueben las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. Los tribunales adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes. Asimismo, el Tribunal excluirá aquellos opositores en cuyos ejercicios figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos. Los tribunales de selección quedan autorizados para resolver las dudas y/o peticiones que se presentaren y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria. Contra las resoluciones y actos de los tribunales podrán interponerse los recursos en los términos establecidos en la ley de procedimiento administrativo.

La composición y funcionamiento del tribunal de selección se regulará de acuerdo a la Resolución de fecha 10 de octubre de 2018, sobre criterios de funcionamiento y actuación de los Órganos de Selección en el ámbito del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y de sus Organismos Autónomos. El Tribunal de selección será retribuido por el concepto de asistencia, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. En los mismos términos serán retribuidos los/as asesores del Tribunal.

En ningún caso el Tribunal podrá proponer la contratación, como personal laboral fijo, de un número de personas aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

8. Forma y plazo presentación de solicitudes

8.1. Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se ajustarán al modelo que se adjunta como Anexo VI y que estará disponible en las Oficinas de Atención al Ciudadano y en la Unidad de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, así como en la página web www.pozuelodealarcon.org y en la publicación del tablón de edictos, que podrá consultarse a través de la sede electrónica https://sede.pozuelodealarcon.es y se dirigirán a la Concejalía de Hacienda y Recursos Humanos de esta Corporación.

8.2. La solicitud y la documentación que se acompañe a la misma deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, sito en las Oficinas de atención al ciudadano de esta localidad, o en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, durante el plazo de 20 días naturales contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Las bases integras de la convocatoria serán publicadas en el tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la página web municipal así como los sucesivos anuncios de los diferentes trámites en que consista el proceso de selección.

Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, los aspirantes deberán presentar:

a) Solicitud de participación, en la que los aspirantes deberán reflejar los datos a que se refiere el artículo 66.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Fotocopia simple de su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor.

c) Fotocopia compulsada de la titulación exigida, sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original.

d) Original o fotocopia compulsada del certificado comprensivo de los requisitos establecidos en los anexos específicos, y/o remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento.

e) Original o fotocopia compulsada del justificante acreditativo del abono íntegro de la tasa por derechos de examen.

f) Los relativos a la experiencia profesional, mediante certificación original o fotocopia compulsada expedida por el órgano competente y/o remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento. Es responsabilidad de cada aspirante hacer uso de este derecho para su acreditación, sin que pueda ser objeto de valoración en caso de falta de constancia documental suficiente.

9. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Titular del Área de Gobierno de Hacienda y Recursos Humanos dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de las fases del proceso y si procede, el orden de actuación de los aspirantes, así como la identidad de los miembros del Tribunal de Selección, publicándose en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento. En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se publicará la relación de excluidos y causa de exclusión, con indicación de dónde se encuentran expuestas las listas completas, así como el lugar, fecha y hora de inicio de las fases del proceso selectivo y la identidad de los miembros que componen el Tribunal de Selección. Se concederá un plazo de 10 días hábiles para subsanaciones y posibles reclamaciones.

La lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentaran solicitudes de subsanación. Si las hubiera, serán estimadas o desestimadas, si procede, mediante resolución del mismo órgano, por la que se aprobará la lista definitiva, publicándose en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

A efectos de lo establecido en la presente Base se entenderán como causas de exclusión no subsanables:

— La realización del pago fuera del plazo de presentación de instancias.

— La presentación de la solicitud fuera de plazo.

— La falta de cumplimiento de cualquier requisito de participación el último día del plazo de presentación de instancias.

Y se entenderán como subsanables:

— La falta de aportación de cualquiera de los documentos a que se refieren los apartados b) y c) de la Base anterior.

— La cumplimentación incorrecta o incompleta de la instancia.

— La falta de indicación expresa, en la instancia de participación, de que el aspirante cumple todos los requisitos exigidos.

En el supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar el lugar, la fecha o la hora de celebración del primer ejercicio o del concurso, o la identidad de los miembros del Tribunal, se hará público a través Tablón de anuncios del Ayuntamiento y de la página web municipal. Si algún aspirante no figurase en la lista de admitidos ni tampoco en la de excluidos, el Tribunal lo admitirá provisionalmente a la realización de los ejercicios, siempre que se acredite documentalmente ante éste la presentación en plazo de la instancia de participación mediante copia de la misma sellada por la oficina receptora y justificante del abono de los derechos de examen, conforme a lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de la decisión final que se adopte. En el supuesto de que algún aspirante no pueda presentarse a las pruebas por causa de incapacidad temporal, el Tribunal acordará lo que, en cada caso, estime pertinente.

Contra la resolución por la que se haga pública la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de dicha publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo.

10. Desarrollo del proceso

10.1. Fase de concurso: esta fase, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. A los efectos aquí indicados, se entenderá que es previa siempre que el Tribunal inicie el examen de los méritos a valorar con anterioridad a la realización del primer examen de la fase de oposición y publique el resultado de tal valoración con anterioridad a la corrección de dicho examen.

Se valorarán los méritos especificados en cada anexo.

Fase de oposición: esta fase constará de dos ejercicios, cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio que se relacionan en cada uno de los anexos específicos.

11. Valoración final del concurso-oposición y resolución del proceso selectivo

La puntuación final del concurso-oposición será la suma de la puntuación otorgada en la fase de concurso a la obtenida en la fase de oposición. La cifra resultante de esta suma es la que deberá ser tenida en cuenta para determinar la relación de aspirantes que, en orden decreciente de puntuación, aprobará el Tribunal, siendo los primeros los que, en su caso, integren dicho listado, que serán propuestos para ser contratados en los puestos convocados.

En el supuesto de que se produzca un empate en la puntuación final obtenida por los/as aspirantes, se seguirán para resolverlo los siguientes criterios, por orden de prioridad:

a) Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

b) Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.

c) Mayor puntuación obtenida en la valoración del apartado a) del mérito referido a la experiencia profesional.

d) Mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito referido a la formación.

e) Mayor puntuación obtenida en la valoración del apartado b) del mérito referido a la experiencia profesional.

La relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo se publicará en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial. Así mismo, el Tribunal de selección elevará al órgano correspondiente propuesta de los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación al objeto de ser contratados como personal fijo para los puestos que se convocan.

En el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la relación de aprobados/as a que se refieren los párrafos anteriores, los aspirantes propuestos para ser contratados como personal fijo deberán presentar en el Ayuntamiento los siguientes documentos:

a) Original del título exigido.

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que imposibilite para el desempeño de las funciones propias de la plaza convocada, sólo en el caso de no estar en la situación administrativa de servicio activo.

Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor u otros previstos en la normativa de aplicación, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en estas Bases, no podrán ser contratados como personal fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el órgano competente resolverá su contratación. Notificado éste, el empleado así propuesto deberá presentar declaración de no estar incurso en incompatibilidad ni de desempeñar ninguna otra actividad, pública o privada, ajena a esta Administración.

El/la aspirante que no tomara posesión de su cargo en el plazo señalado sin causa justificada, decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.

12. Protección de datos

El firmante, mediante la suscripción a este proceso selectivo, presta su consentimiento expreso para que sus datos personales en él contenidos y en la documentación presentada, todos ellos aportados voluntariamente, sean tratados por el Área de Gobierno de Hacienda y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón como responsable del tratamiento con la finalidad de gestionar su participación en la convocatoria para proveer el puesto determinado en el título del documento de convocatoria y, en su caso, proceder al nombramiento. El Órgano de selección, así como el órgano competente reflejado en las bases especificas del proceso selectivo, podrán acceder a sus datos personales en cumplimiento de las funciones determinadas en esta convocatoria.

Sus datos de nombre, apellidos y/o DNI, calificaciones y, en su caso, el nombramiento podrán ser publicados en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, en la página web municipal y/o en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en virtud de lo establecido en la normativa. Igualmente se publicará la relación de excluidos y la causa en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello de acuerdo con las bases del proceso selectivo.

Los datos serán conservados durante los plazos necesarios para cumplir con la finalidad mencionada y los establecidos legalmente.

Del mismo modo declara haber sido informado sobre la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento y solicitar la portabilidad de sus datos, así como revocar el consentimiento prestado, mediante el Registro Electrónico o dirigiéndose por escrito al Registro General del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Plaza Mayor, número 1-28223 Madrid) acreditando su identidad. Puede consultar la Política de Privacidad en https://www.pozuelodealarcon.org

13. Régimen de impugnaciones

Contra las presentes Bases se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Junta de Gobierno Local, o bien, directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación.

ANEXO I

OFICIAL DE PRIMERA DE MEDIO AMBIENTE

Características del puesto

La plaza convocada está incluida en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y sus Organismos Autónomos, con su número de referencia, a jor-

nada completa y dotada con la retribución establecida en el Presupuesto Municipal y en la Relación de Puestos de Trabajo, con destino en:

Las funciones y condiciones del puesto de trabajo serán las propias de su categoría y resultarán de lo previsto en el Convenio Colectivo y demás normativa laboral que resulte de aplicación.

Requisitos de participación

Para tomar parte en las presentes pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Pertenecer como trabajador fijo de la plantilla y pertenecer al grupo profesional E, en la categoría de Operario Polivalente o Ayudante del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o de sus Organismos Autónomos.

b) Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años, en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o en sus Organismos Autónomos en la categoría desde la que se participa.

c) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar, o equivalente con arreglo a la legislación vigente y convenio colectivo. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.

d) Estar en posesión del carnet de manipulador de productos fitosanitarios, del carnet de aplicador de productos fitosanitarios y carnet de conducir de la clase B.

Todos los requisitos establecidos en las presentes Bases deberán ser reunidos por el aspirante, el día que finalice el plazo para la presentación de instancias de la presente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta la contratación.

Los requisitos establecidos en los apartados a) y b), se acreditarán mediante certificado expedido por el órgano municipal con potestad certificante, pudiendo ser sustituida por remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento.

Tasa por derechos de examen

La tasa por derechos de examen establecida en la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por derechos de examen, con las bonificaciones y exenciones en ella establecidas, en la cuantía especificada y que para el acceso a este grupo de titulación se fija en 14 euros y que será satisfecha en su totalidad dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo subsanable con posterioridad. Se realizará mediante ingreso o transferencia bancaria en la entidad “Bankia” con número: ES20 2038/2208/43/6000617007. Los aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así como la denominación del proceso selectivo en que participan.

Desarrollo del proceso

1. Fase de concurso: se valorarán los siguientes méritos acreditados:

1.1. Experiencia profesional (máximo 15 puntos):

a) Por cada año o fracción igual o superior a 6 meses en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, en este último caso mientras subsista la reserva del puesto de trabajo, desempeñando como personal laboral en la categoría de Ayudante u Operario Polivalente en la Concejalía de Medio Ambiente de este Ayuntamiento; se valorará a razón de 1 punto, hasta un máximo de 8 puntos.

Para el cómputo de lo anterior se sumarán la totalidad de servicios prestados, aunque hayan sido interrumpidos.

b) Por cada año o fracción igual o superior a 6 meses en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, en este último caso mientras subsista la reserva del puesto de trabajo, desempeñando puestos de Ayudante, Operario Polivalente o similar categoría dentro del mismo grupo profesional, como personal funcionario o laboral, en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o sus Organismos Autónomos; se valorará a razón de 1 punto, hasta un máximo de 5 puntos.

Para el cómputo de lo anterior se sumarán la totalidad de servicios prestados, aunque hayan sido interrumpidos.

c) Por prestación de Servicios en cualquier Administración Pública Local, como personal funcionario o laboral en la categoría Oficial de Primera. Se valorará 1 punto por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 2 puntos.

Será excluido del cómputo en los apartados anteriores el período de dos años exigido como requisito de participación en la presente convocatoria, por valorarse en la fase de concurso aspectos específicos, diferentes a la simple ocupación de un puesto de trabajo durante dicho período. Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente. Si en el apartado de puntuación superior se ha alcanzado la calificación máxima, se computará el tramo de servicios sobrante para los apartados sucesivos, conforme a la prioridad indicada.

1.2. Formación (máximo 5 puntos):

Se valorará la asistencia acreditada como alumno en cursos o actividades formativas impartidas por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, o que, a juicio del Tribunal, tengan relación directa con la plaza que se convoca, por cada actividad formativa realizada hasta un máximo de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:

— De 1 a 5 horas: 0,15 por cada uno.

— De 6 a 10 horas: 0,30 por cada uno.

— De 11 a 25 horas: 0,50 puntos por cada uno.

— De más de 26 horas: 1 punto por cada uno.

No serán objeto de valoración las actividades formativas respecto de las que no se acredite el número de horas.

1.3. Forma de acreditación de los méritos y puntuación de la fase de concurso: los méritos alegados se acreditarán del siguiente modo:

— Los relativos a la experiencia profesional, mediante certificación original o fotocopia compulsada expedida por el órgano competente y/o remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento. Es responsabilidad de cada aspirante hacer uso de este derecho para su acreditación, sin que pueda ser objeto de valoración en caso de falta de constancia documental suficiente.

— Los relativos a la formación, mediante originales o fotocopias compulsadas de los diplomas o certificados de superación, asistencia o aprovechamiento correspondientes a la actividad formativa.

La puntuación final de esta fase será la suma de la obtenida por los méritos alegados y probados en todos los apartados, y su resultado se dará a conocer en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento. Publicado el resultado de la valoración de méritos, el Tribunal concederá un plazo de alegaciones o de peticiones de subsanación, de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a dicha publicación, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.

2. Fase de oposición: esta fase constará de dos ejercicios, cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

2.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una la correcta, en el tiempo que fije el Tribunal, no siendo superior a 50 minutos, y de las cuales 15 versarán sobre el temario general y las otras 25 restantes sobre el temario específico de los que componen el programa Anexo a las presentes Bases. Cada respuesta errónea penalizará con 1/3 del valor de la respuesta correcta. Las no contestadas o con más de una respuesta señalada no puntuarán ni penalizarán. Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 de puntos.

2.2. Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico, el cual tendrá por contenido la simulación de situaciones habituales propias de desempeño cotidiano del puesto que se convoca y relacionado con el temario del presente anexo. El tiempo será determinado por el Tribunal, siendo como máximo de una hora. Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 de puntos.

La calificación final de esta fase de oposición vendrá determinada por la suma de cada uno de los ejercicios indicados.

Temario general

1. Conceptos generales de los municipios de régimen común y de gran población. Organización, composición y funciones.

2. Concepto general de los actos administrativos: concepto, clases y elementos. La notificación.

3. El Procedimiento administrativo, los interesados, términos y plazos. Derechos de los ciudadanos.

4. El personal laboral al servicio de la Administración pública. Derechos y deberes de los trabajadores. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

5. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos. Derechos y obligaciones de los trabajadores.

Temario específico

1. Labores de Plantación, mantenimiento y conservación de elementos vegetales y jardines.

2. Replanteo de jardines y elementos vegetales en planta y altimetría.

3. Nociones de labores culturales de toda clase de árboles, con empleo de trepa y medios mecánicos.

4. Utilización y conservación de la maquinaria y herramienta de oficio.

5. Trabajos y materiales relaciones con el desempeño del puesto de trabajo.

6. Enfermedades y plagas de las especies vegetales.

7. Herbicidas, insecticidas y fungicidas.

8. El suelo: composición física y química, propiedades físicas.

9. Abonos y Fertilizantes. Métodos y prácticas de aplicación del abono.

10. El riego en las zonas verdes, necesidad, épocas, periodicidad. Sistemas de riego más comunes.

11. Los céspedes: su implantación.

12. Árboles y arbustos: elección de especies y variedades.

13. Herbáceas, bulbos y rizomas: elección de especies y variedades.

14. Prevención de riesgos laborales en trabajos de oficial de jardinería.

ANEXO II

OFICIAL DE PRIMERA DE INFRAESTRUCTURAS

Características del puesto

La plaza convocada está incluida en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y sus Organismos Autónomos, con su número de referencia, a jornada completa y dotada con la retribución establecida en el Presupuesto Municipal y en la Relación de Puestos de Trabajo, con destino en:

Las funciones y condiciones del puesto de trabajo serán las propias de su categoría y resultarán de lo previsto en el Convenio Colectivo y demás normativa laboral que resulte de aplicación.

Requisitos de participación

Para tomar parte en las presentes pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Pertenecer como trabajador fijo de la plantilla y pertenecer al grupo profesional E, en la categoría de Operario Polivalente o Ayudante del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o de sus Organismos Autónomos.

b) Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años, en Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o de sus Organismos Autónomos en la categoría desde la que se participar.

c) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar, o equivalente con arreglo a la legislación vigente y convenio colectivo. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.

Todos los requisitos establecidos en las presentes Bases deberán ser reunidos por el aspirante, el día que finalice el plazo para la presentación de instancias de la presente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta la contratación.

Los requisitos establecidos en los apartados a) y b), se acreditarán mediante certificado expedido por el órgano municipal con potestad certificante, pudiendo ser sustituida por remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento.

Tasa por derechos de examen

La tasa por derechos de examen establecida en la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por derechos de examen, con las bonificaciones y exenciones en ella establecidas, en la cuantía especificada y que para el acceso a este grupo de titulación se fija en 14 euros y que será satisfecha en su totalidad dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo subsanable con posterioridad. Se realizará mediante ingreso o transferencia bancaria en “Bankia” con número: ES20 2038/2208/43/6000617007. Los aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así como la denominación del proceso selectivo en que participan.

Desarrollo del proceso

1. Fase de concurso: Se valorarán los siguientes méritos acreditados:

1.1. Experiencia profesional (máximo 15 puntos):

a) Por cada año o fracción igual o superior a 6 meses en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, en este último caso mientras subsista la reserva del puesto de trabajo, desempeñando como personal laboral en la categoría de Ayudante u Operario Polivalente en la Concejalía de Obras e Infraestructuras en este Ayuntamiento; se valorará a razón de 1 punto, hasta un máximo de 8 puntos.

Para el cómputo de lo anterior se sumarán la totalidad de servicios prestados, aunque hayan sido interrumpidos.

b) Por cada año o fracción igual o superior a 6 meses en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, en este último caso mientras subsista la reserva del puesto de trabajo, desempeñando puestos de Ayudante, Operario Polivalente o similar categoría dentro del mismo grupo profesional, como personal funcionario o laboral, en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o sus Organismos Autónomos; se valorará a razón de 1 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

Para el cómputo de lo anterior se sumarán la totalidad de servicios prestados, aunque hayan sido interrumpidos.

c) Por prestación de Servicios en cualquier Administración Pública Local, como personal funcionario o laboral en la categoría de Oficial de Primera. Se valorará 1 punto por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 2 puntos.

Será excluido del cómputo en los apartados anteriores el período de dos años exigido como requisito de participación en la presente convocatoria, por valorarse en la fase de concurso aspectos específicos, diferentes a la simple ocupación de un puesto de trabajo durante dicho período. Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente. Si en el apartado de puntuación superior se ha alcanzado la calificación máxima, se computará el tramo de servicios sobrante para los apartados sucesivos, conforme a la prioridad indicada.

1.2. Formación (máximo 5 puntos): Se valorará la asistencia acreditada como alumno en cursos o actividades formativas impartidas por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, y que, a juicio del Tribunal, tengan relación directa con la plaza que se convoca, por cada actividad formativa realizada hasta un máximo de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:

— De 1 a 5 horas: 0,15 por cada uno.

— De 6 a 10 horas: 0,30 por cada uno.

— De 11 a 25 horas: 0,50 puntos por cada uno.

— De más de 26 horas: 1 punto por cada uno.

No serán objeto de valoración las actividades formativas respecto de las que no se acredite el número de horas.

1.3. Forma de acreditación de los méritos y puntuación de la fase de concurso: los méritos alegados se acreditarán del siguiente modo:

— Los relativos a la experiencia profesional, mediante certificación original o fotocopia compulsada expedida por el órgano competente y/o remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento. Es responsabilidad de cada aspirante hacer uso de este derecho para su acreditación, sin que pueda ser objeto de valoración en caso de falta de constancia documental suficiente.

— Los relativos a la formación, mediante originales o fotocopias compulsadas de los diplomas o certificados de superación, asistencia o aprovechamiento correspondientes a la actividad formativa.

La puntuación final de esta fase será la suma de la obtenida por los méritos alegados y probados en todos los apartados, y su resultado se dará a conocer en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento. Publicado el resultado de la valoración de méritos, el Tribunal concederá un plazo de alegaciones o de peticiones de subsanación, de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a dicha publicación, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.

2. Fase de oposición: esta fase constará de dos ejercicios, cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

2.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una la correcta, en el tiempo que fije el Tribunal, no siendo superior a 50 minutos, y de las cuales 15 versarán sobre el temario general y las otras 25 restantes sobre el temario específico de los que componen el programa Anexo a las presentes Bases. Cada respuesta errónea penalizará con 1/3 del valor de la respuesta correcta. Las no contestadas o con más de una respuesta señalada no puntuarán ni penalizarán. Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 de puntos.

2.2. Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico, el cual tendrá por contenido la simulación de situaciones habituales propias de desempeño cotidiano del puesto que se convoca y relacionado con el temario del presente anexo. El tiempo será determinado por el Tribunal, siendo como máximo de una hora. Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos.

La calificación final de esta fase de oposición vendrá determinada por la suma de cada uno de los ejercicios indicados.

Temario general

1. Conceptos generales de los municipios de régimen común y de gran población. Organización, composición y funciones.

2. Concepto general de los actos administrativos: concepto, clases y elementos. La notificación.

3. El Procedimiento administrativo, los interesados, términos y plazos. Derechos de los ciudadanos.

4. El personal laboral al servicio de la Administración pública. Derechos y deberes de los trabajadores. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

5. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos. Derechos y obligaciones de los trabajadores.

Temario específico

1. Funciones y tareas a desempeñar por Oficial de Primera.

2. Albañilería: herramientas y materiales más usuales.

3. Conocimientos generales de albañilería en trabajos de mantenimiento y pequeñas reparaciones.

4. Cerrajería metálica: herramientas y materiales más usuales.

5. Cerraduras, persianas y mecanismos de puertas y ventanas.

6. Carpintería de aluminio: Herramientas y materiales.

7. Carpintería de madera: herramientas y materiales.

8. Conceptos básicos de soldadura. Tipos y aplicaciones.

9. Reparaciones básicas de cerrajería, carpintería de madera y de aluminio.

10. Fontanería: herramientas y materiales más usuales. Instalaciones de suministro y evacuación de agua.

11. Averías en instalaciones de suministro y evacuación de aguas, síntomas, localización y reparación.

12. Maquinaria de mano para trabajos de mantenimiento y reparación de carpinterías de todo tipo, persianas, fontanería, albañilería.

13. Normativa básica sobre medidas de seguridad e higiene en el trabajo. Prevención de riesgos laborales en trabajos de mantenimiento de edificios. Equipos de protección individual.

14. Instrucción Técnica del Ayto. de Pozuelo de Alarcón para la Prevención para los Trabajos en Altura.

ANEXO III

OFICIAL DE MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

Características del puesto

La plaza convocada está incluida en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y sus Organismos Autónomos, con su número de referencia, a jornada completa y dotada con la retribución establecida en el Presupuesto Municipal y en la Relación de Puestos de Trabajo, con destino en:

Las funciones y condiciones del puesto de trabajo serán las propias de su categoría y resultarán de lo previsto en el Convenio Colectivo y demás normativa laboral que resulte de aplicación.

Requisitos de participación

Para tomar parte en las presentes pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Pertenecer como trabajador fijo de la plantilla y pertenecer al grupo profesional E, en la categoría de Operario Polivalente o Ayudante del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o de sus Organismos Autónomos.

b) Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años, en Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o de sus Organismos Autónomos en la categoría desde la que se participar.

c) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar, o equivalente con arreglo a la legislación vigente y convenio colectivo. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.

Todos los requisitos establecidos en las presentes Bases deberán ser reunidos por el aspirante, el día que finalice el plazo para la presentación de instancias de la presente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta la contratación.

Los requisitos establecidos en los apartados a) y b), se acreditarán mediante certificado expedido por el órgano municipal con potestad certificante, pudiendo ser sustituida por remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento.

Tasa por derechos de examen

La tasa por derechos de examen establecida en la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por derechos de examen, con las bonificaciones y exenciones en ella establecidas, en la cuantía especificada y que para el acceso a este grupo de titulación se fija en 14 euros y que será satisfecha en su totalidad dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo subsanable con posterioridad. Se realizará mediante ingreso o transferencia bancaria en “Bankia” con número: ES20 2038/2208/43/6000617007. Los aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así como la denominación del proceso selectivo en que participan.

Desarrollo del proceso

1. Fase de concurso: se valorarán los siguientes méritos acreditados:

1.1. Experiencia profesional (máximo 15 puntos):

a) Por cada año o fracción igual o superior a 6 meses en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, en este último caso mientras subsista la reserva del puesto de trabajo, desempeñando como personal laboral en la categoría de Operario Polivalente o Ayudante en la Concejalía de Deportes de este Ayuntamiento; se valorará a razón de 1 punto, hasta un máximo de 8 puntos.

Para el cómputo de lo anterior se sumarán la totalidad de servicios prestados, aunque hayan sido interrumpidos.

b) Por cada año o fracción igual o superior a 6 meses en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, en este último caso mientras subsista la reserva del puesto de trabajo, desempeñando puestos de Operario Polivalente, Ayudante o similar categoría dentro del mismo grupo profesional, como personal funcionario o laboral, en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o sus Organismos Autónomos; se valorará a razón de 0,75 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

Para el cómputo de lo anterior se sumarán la totalidad de servicios prestados, aunque hayan sido interrumpidos.

c) Por prestación de Servicios en cualquier Administración Pública Local, como personal funcionario o laboral en la categoría Oficial de Mantenimiento. Se valorará 1 punto por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 2 puntos.

Será excluido del cómputo en los apartados anteriores el período de dos años exigido como requisito de participación en la presente convocatoria, por valorarse en la fase de concurso aspectos específicos, diferentes a la simple ocupación de un puesto de trabajo durante dicho período. Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente. Si en el apartado de puntuación superior se ha alcanzado la calificación máxima, se computará el tramo de servicios sobrante para los apartados sucesivos, conforme a la prioridad indicada.

1.2. Formación (máximo 5 puntos): se valorará la asistencia acreditada como alumno en cursos o actividades formativas impartidas por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, y que, a juicio del Tribunal, tengan relación directa con la plaza que se convoca, por cada actividad formativa realizada hasta un máximo de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:

— De 1 a 5 horas: 0,15 por cada uno.

— De 6 a 10 horas: 0,30 por cada uno.

— De 11 a 25 horas: 0,50 puntos por cada uno.

— De más de 26 horas: 1 punto por cada uno.

No serán objeto de valoración las actividades formativas respecto de las que no se acredite el número de horas.

1.3. Forma de acreditación de los méritos y puntuación de la fase de concurso: los méritos alegados se acreditarán del siguiente modo:

— Los relativos a la experiencia profesional, mediante certificación original o fotocopia compulsada expedida por el órgano competente y/o remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento. Es responsabilidad de cada aspirante hacer uso de este derecho para su acreditación, sin que pueda ser objeto de valoración en caso de falta de constancia documental suficiente.

— Los relativos a la formación, mediante originales o fotocopias compulsadas de los diplomas o certificados de superación, asistencia o aprovechamiento correspondientes a la actividad formativa.

La puntuación final de esta fase será la suma de la obtenida por los méritos alegados y probados en todos los apartados, y su resultado se dará a conocer en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento. Publicado el resultado de la valoración de méritos, el Tribunal concederá un plazo de alegaciones o de peticiones de subsanación, de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a dicha publicación, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.

2. Fase de oposición: esta fase constará de dos ejercicios, cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

2.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una la correcta, en el tiempo que fije el Tribunal, no siendo superior a 50 minutos, y de las cuales 15 versarán sobre el temario general y las otras 25 restantes sobre el temario específico de los que componen el programa Anexo a las presentes Bases. Cada respuesta errónea penalizará con 1/3 del valor de la respuesta correcta. Las no contestadas o con más de una respuesta señalada no puntuarán ni penalizarán. Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 de puntos.

2.2. Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico, el cual tendrá por contenido la simulación de situaciones habituales propia de desempeño cotidiano del puesto que se convoca y relacionado con el temario del presente anexo. El tiempo será determinado por el Tribunal, siendo como máximo de una hora. Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 de puntos.

La calificación final de esta fase de oposición vendrá determinada por la suma de cada uno de los ejercicios indicados.

Temario general

1. Conceptos generales de los municipios de régimen común y de gran población. Organización, composición y funciones.

2. Concepto general de los actos administrativos: concepto, clases y elementos. La notificación.

El Procedimiento administrativo, los interesados, términos y plazos. Derechos de los ciudadanos.

3. El personal laboral al servicio de la Administración pública. Derechos y deberes de los trabajadores. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

4. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos. Derechos y obligaciones de los trabajadores.

Temario específico

1. Funciones y tareas a desempeñar por un Oficial Primera.

2. Herramientas y materiales de albañilería: conocimientos de albañilería.

3. Herramientas y materiales de albañilería: materiales de construcción.

4. Herramientas y materiales de electricidad: conocimientos de electricidad.

5. Herramientas y materiales de electricidad: contactos eléctricos directos e indirectos. Peligrosidad de la corriente eléctrica.

6. Herramientas y materiales de electricidad: Principales magnitudes eléctricas. Dactores de conversión para unidades de potencia y de energía.

7. Herramientas y materiales de fontanería: conocimientos de fontanería.

8. Herramientas y materiales de fontanería: herramientas e instrumentos de medida utilizados en instalaciones de agua y gas.

9. Averías en instalaciones de agua y gas: síntomas, localización y reparación. Medidas de seguridad. Normativa.

10. Herramientas y materiales de jardinería: conocimientos de jardinería.

11. Herramientas y materiales de carpintería: conocimientos de carpintería.

12. Conocimientos para la manipulación de maquinaria.

13. Normativa básica sobre medidas de seguridad y salud en el trabajo: prevención de riesgos laborales.

14. Equipos de protección individuales. Medidas preventivas y pautas de actuación ante incendios y emergencias: primeros auxilios.

15. Piscinas. Funcionamiento

16. Calentamiento de piscinas. ACS. Bombas de circulación.

ANEXO IV

JEFE DE EQUIPO DE MANTENIMIENTO

Características del puesto

La plaza convocada está incluida en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y sus Organismos Autónomos, con su número de referencia, a jornada completa y dotada con la retribución establecida en el Presupuesto Municipal y en la Relación de Puestos de Trabajo, con destino en:

Las funciones y condiciones del puesto de trabajo serán las propias de su categoría resultarán de lo previsto en el Convenio Colectivo y demás normativa laboral que resulte de aplicación.

Requisitos de participación

Para tomar parte en las presentes pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Pertenecer como trabajador fijo de la plantilla y pertenecer al grupo profesional E, en la categoría de Operario Polivalente o Ayudante del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o de sus Organismos Autónomos.

b) Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años, en Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o de sus Organismos Autónomos en la categoría desde la que se participar.

c) Estar en posesión del Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico, o equivalente con arreglo a la legislación vigente y convenio colectivo. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.

Todos los requisitos establecidos en las presentes Bases deberán ser reunidos por el aspirante, el día que finalice el plazo para la presentación de instancias de la presente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta la contratación.

Los requisitos establecidos en los apartados a) y b), se acreditarán mediante certificado expedido por el órgano municipal con potestad certificante, pudiendo ser sustituida por remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento.

Tasa por derechos de examen

La tasa por derechos de examen establecida en la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por derechos de examen, con las bonificaciones y exenciones en ella establecidas, en la cuantía especificada y que para el acceso a este grupo de titulación se fija en 14 euros y que será satisfecha en su totalidad dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo subsanable con posterioridad. Se realizará mediante ingreso o transferencia bancaria en la entidad “Bankia” con número: ES20 2038/2208/43/6000617007. Los aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así como la denominación del proceso selectivo en que participan.

Desarrollo del proceso

1. Fase de concurso: se valorarán los siguientes méritos acreditados:

1.1. Experiencia profesional (máximo 15 puntos):

a) Por cada año o fracción igual o superior a 6 meses en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, en este último caso mientras subsista la reserva del puesto de trabajo, desempeñando como personal laboral clasificado en el Grupo Profesional C2 en la categoría de Oficial de Mantenimiento o Encargado en la Concejalía de Deportes; se valorará a razón de 1 punto, hasta un máximo de 8 puntos.

Para el cómputo de lo anterior se sumarán la totalidad de servicios prestados, aunque hayan sido interrumpidos.

b) Por cada año o fracción igual o superior a 6 meses en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, en este último caso mientras subsista la reserva del puesto de trabajo, desempeñando puestos como personal laboral clasificado en el Grupo Profesional C2 o similar categoría dentro del mismo grupo profesional, como personal funcionario o laboral, en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o sus Organismos Autónomos; se valorará a razón de 0,75 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

Para el cómputo de lo anterior se sumarán la totalidad de servicios prestados, aunque hayan sido interrumpidos.

c) Por prestación de Servicios en cualquier Administración Pública Local, como personal funcionario o laboral en la categoría Jefe/a Equipo de Mantenimiento. Se valorará 1 punto por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 2 puntos.

Será excluido del cómputo en los apartados anteriores el período de dos años exigido como requisito de participación en la presente convocatoria, por valorarse en la fase de concurso aspectos específicos, diferentes a la simple ocupación de un puesto de trabajo durante dicho período. Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente. Si en el apartado de puntuación superior se ha alcanzado la calificación máxima, se computará el tramo de servicios sobrante para los apartados sucesivos, conforme a la prioridad indicada.

1.2. Formación (máximo 5 puntos): se valorará la asistencia acreditada como alumno en cursos o actividades formativas impartidas por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, y que, a juicio del Tribunal, tengan relación directa con la plaza que se convoca, por cada actividad formativa realizada hasta un máximo de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:

— De 1 a 5 horas: 0,15 por cada uno.

— De 6 a 10 horas: 0,30 por cada uno.

— De 11 a 25 horas: 0,50 puntos por cada uno.

— De más de 26 horas: 1 punto por cada uno.

No serán objeto de valoración las actividades formativas respecto de las que no se acredite el número de horas.

1.3. Forma de acreditación de los méritos y puntuación de la fase de concurso: los méritos alegados se acreditarán del siguiente modo:

— Los relativos a la experiencia profesional, mediante certificación original o fotocopia compulsada expedida por el órgano competente y/o remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento. Es responsabilidad de cada aspirante hacer uso de este derecho para su acreditación, sin que pueda ser objeto de valoración en caso de falta de constancia documental suficiente.

— Los relativos a la formación, mediante originales o fotocopias compulsadas de los diplomas o certificados de superación, asistencia o aprovechamiento correspondientes a la actividad formativa.

La puntuación final de esta fase será la suma de la obtenida por los méritos alegados y probados en todos los apartados, y su resultado se dará a conocer en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento. Publicado el resultado de la valoración de méritos, el Tribunal concederá un plazo de alegaciones o de peticiones de subsanación, de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a dicha publicación, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.

2. Fase de oposición: esta fase constará de dos ejercicios, cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

2.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una la correcta, en el tiempo que fije el Tribunal, no siendo superior a 50 minutos, y de las cuales 15 versarán sobre el temario general y las otras 25 restantes sobre el temario específico de los que componen el programa Anexo a las presentes Bases. Cada respuesta errónea penalizará con 1/3 del valor de la respuesta correcta. Las no contestadas o con más de una respuesta señalada no puntuarán ni penalizarán. Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 de puntos.

2.2. Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico, el cual tendrá por contenido la simulación de situaciones habituales propia de desempeño cotidiano del puesto que se convoca y relacionado con el temario del presente anexo. El tiempo será determinado por el Tribunal, siendo como máximo de una hora. Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 de puntos.

La calificación final de esta fase de oposición vendrá determinada por la suma de cada uno de los ejercicios indicados.

Temario general

1. Conceptos generales de los municipios de régimen común y de gran población. Organización, composición y funciones.

2. Concepto general de los actos administrativos: concepto, clases y elementos. La notificación.

3. El Procedimiento administrativo, los interesados, términos y plazos. Derechos de los ciudadanos.

4. El personal laboral al servicio de la Administración pública. Derechos y deberes de los trabajadores. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

5. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos. Derechos y obligaciones de los trabajadores.

Temario específico

1. Real Decreto 842/2002, REBT. Instalaciones de baja tensión.

2. Suministros en baja tensión. Previsión de Cargas. ITC BT 10. Clases y lugares de Consumo. Grados. de electrificación. Suministros monofásicos.

3. Puesta a tierra ITC BT 018. Uniones a tierra, puesta a tierra por razones de protección.

4. Resistencias de las tomas de tierra, tomas de tierra independientes.

5. Separación entre tomas de tierra de las masas de instalación de utilización y las masas de un CT.

6. Revisión de las tomas de tierra.

7. Teorema de Arquímedes. Teorema de Bernoulli.

8. Conducciones. Tuberías. Pérdidas de carga.

9. Sobrepresiones. Golpe de ariete.

10. Construcción y reparación de muros y tabiques. Mampostería. Tabiques prefabricados.

11. Pavimentos deportivos. Normas NIDE.

12. Funciones y tareas básicas a realizar en fontanería: grupos de presión. Bombas y acumuladores. Caudales, consumos y presión. Elementos principales de una instalación de agua.

13. Cavitación. NPSH.

14. Instalación y montaje de bombas. Estaciones de bombeo.

15. Principio de funcionamiento de las piscinas. ACS.

16. Principales reparaciones en pintura. Técnicas.

17. Tratamiento de la humedad en pintura.

18. Pintura: Comprobaciones, periodicidad y recomendaciones.

19. Real Decreto 614/2001, de 08 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

20. Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

21. Instalaciones en baja tensión. REBT.

22. Potencia activa. Potencia reactiva. Factor de potencia.

23. Instalaciones en alta tensión. Centros de transformación.

24. Motores eléctricos. Conceptos. Funcionamiento

25. Magnitudes fotométricas. Aparatos de medida.

26. Lámparas. Luminarias. Proyectores. Funcionamiento.

27. Iluminación de áreas deportivas. Características.

28. RITE. Climatización. Transmisión de calor. Potencias frigoríficas y caloríficas.

29. Construcción y patología de las fábricas de ladrillo. Fábrica de bloques.

30. Pavimentos deportivos. Tipos y características.

ANEXO V

OFICIAL CONDUCTOR

Características del puesto

La plaza convocada está incluida en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y sus Organismos Autónomos, con su número de referencia, a jornada completa y dotada con la retribución establecida en el Presupuesto Municipal y en la Relación de Puestos de Trabajo, con destino en:

Las funciones y condiciones del puesto de trabajo serán las propias de su categoría y resultarán de lo previsto en el Convenio Colectivo y demás normativa laboral que resulte de aplicación.

Requisitos de participación

Para tomar parte en las presentes pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Pertenecer como trabajador fijo de la plantilla y pertenecer al grupo profesional E, en la categoría de Operario Polivalente o Ayudante del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o de sus Organismos Autónomos.

b) Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años, en Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o de sus Organismos Autónomos en la categoría desde la que se participar.

c) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar, o equivalente con arreglo a la legislación vigente y convenio colectivo. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.

d) Carnet de conducir mínimo de la categoría C1.

Todos los requisitos establecidos en las presentes Bases deberán ser reunidos por el aspirante, el día que finalice el plazo para la presentación de instancias de la presente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta la contratación.

Los requisitos establecidos en los apartados a) y b), se acreditarán mediante certificado expedido por el órgano municipal con potestad certificante, pudiendo ser sustituida por remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento.

Tasa por derechos de examen

La tasa por derechos de examen establecida en la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por derechos de examen, con las bonificaciones y exenciones en ella establecidas, en la cuantía especificada y que para el acceso a este grupo de titulación se fija en 14 euros y que será satisfecha en su totalidad dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo subsanable con posterioridad. Se realizará mediante ingreso o transferencia bancaria en la entidad “Bankia” con número: ES20 2038/2208/43/6000617007. Los aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así como la denominación del proceso selectivo en que participan.

Desarrollo del proceso

1. Fase de concurso: se valorarán los siguientes méritos acreditados:

1.1. Experiencia profesional (máximo 15 puntos):

a) Por cada año o fracción igual o superior a 6 meses en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, en este último caso mientras subsista la reserva del puesto de trabajo, desempeñando como personal laboral en la categoría de Operario Polivalente o Ayudante en la Concejalía de Obras o Infraestructuras; se valorará a razón de 1 punto, hasta un máximo de 8 puntos.

Para el cómputo de lo anterior se sumarán la totalidad de servicios prestados, aunque hayan sido interrumpidos.

b) Por cada año o fracción igual o superior a 6 meses en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, en este último caso mientras subsista la reserva del puesto de trabajo, desempeñando puestos de Operario Polivalente, Ayudante o similar categoría dentro del mismo grupo profesional, como personal funcionario o laboral, en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o sus Organismos Autónomos; se valorará a razón de 0,75 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

Para el cómputo de lo anterior se sumarán la totalidad de servicios prestados, aunque hayan sido interrumpidos.

c) Por prestación de Servicios en cualquier Administración Pública Local, como personal funcionario o laboral en la categoría Oficial Conductor. Se valorará 1 punto por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 2 puntos.

Será excluido del cómputo en los apartados anteriores el período de dos años exigido como requisito de participación en la presente convocatoria, por valorarse en la fase de concurso aspectos específicos, diferentes a la simple ocupación de un puesto de trabajo durante dicho período. Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente. Si en el apartado de puntuación superior se ha alcanzado la calificación máxima, se computará el tramo de servicios sobrante para los apartados sucesivos, conforme a la prioridad indicada.

1.2. Formación (máximo 5 puntos): se valorará la asistencia acreditada como alumno en cursos o actividades formativas impartidas por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, y que, a juicio del Tribunal, tengan relación directa con la plaza que se convoca, por cada actividad formativa realizada hasta un máximo de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:

— De 1 a 5 horas: 0,15 por cada uno.

— De 6 a 10 horas: 0,30 por cada uno.

— De 11 a 25 horas: 0,50 puntos por cada uno.

— De más de 26 horas: 1 punto por cada uno.

No serán objeto de valoración las actividades formativas respecto de las que no se acredite el número de horas.

1.3. Forma de acreditación de los méritos y puntuación de la fase de concurso: los méritos alegados se acreditarán del siguiente modo:

— Los relativos a la experiencia profesional, mediante certificación original o fotocopia compulsada expedida por el órgano competente y/o remisión expresa del aspirante en la instancia de solicitud a los datos de su expediente personal que obra en la U. A. de Recursos Humanos de este Ayuntamiento. Es responsabilidad de cada aspirante hacer uso de este derecho para su acreditación, sin que pueda ser objeto de valoración en caso de falta de constancia documental suficiente.

— Los relativos a la formación, mediante originales o fotocopias compulsadas de los diplomas o certificados de superación, asistencia o aprovechamiento correspondientes a la actividad formativa.

La puntuación final de esta fase será la suma de la obtenida por los méritos alegados y probados en todos los apartados, y su resultado se dará a conocer en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento. Publicado el resultado de la valoración de méritos, el Tribunal concederá un plazo de alegaciones o de peticiones de subsanación, de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a dicha publicación, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.

2. Fase de oposición: esta fase constará de dos ejercicios, cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

2.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una la correcta, en el tiempo que fije el Tribunal, no siendo superior a 50 minutos, y de las cuales 15 versarán sobre el temario general y las otras 25 restantes sobre el temario específico de los que componen el programa Anexo a las presentes Bases. Cada respuesta errónea penalizará con 1/3 del valor de la respuesta correcta. Las no contestadas o con más de una respuesta señalada no puntuarán ni penalizarán. Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 de puntos.

2.2. Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico, el cual tendrá por contenido la simulación de situaciones habituales propias de desempeño cotidiano del puesto que se convoca y relacionado con el temario del presente anexo. El tiempo será determinado por el Tribunal, siendo como máximo de una hora. Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 de puntos.

La calificación final de esta fase de oposición vendrá determinada por la suma de cada uno de los ejercicios indicados.

Temario general

1. Conceptos generales de los municipios de régimen común y de gran población. Organización, composición y funciones.

2. Concepto general de los actos administrativos: concepto, clases y elementos. La notificación.

3. El Procedimiento administrativo, los interesados, términos y plazos. Derechos de los ciudadanos.

4. El personal laboral al servicio de la Administración pública. Derechos y deberes de los trabajadores. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

5. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos. Derechos y obligaciones de los trabajadores.

Temario específico

1. Ubicación física de las dependencias municipales.

2. Conocimiento del motor de explosión.

3. Conocimientos de sistemas de alimentación de los motores de automoción.

4. Conocimientos del encendido y parte eléctrica de los motores de automoción.

5. Conocimientos mecánicos de distribución de los motores de automoción.

6. Conocimientos sobre lubrificación y refrigeración de los motores de automoción.

7. Conocimientos sobre refrigeración de los motores de automoción.

8. Conocimientos de los mecanismos de transmisión de los motores de automoción.

9. Conocimientos de la suspensión, neumáticos, dirección y frenos.

10. Reglamento de circulación aplicable a vehículos pesados, masas y dimensiones.

11. Reglamento de circulación aplicable a conductores y vehículos destinados al transporte de viajeros.

12. Reglamento específico aplicable al transporte escolar.

13. Reglamento específico aplicable a períodos de conducción y descanso en el transporte por carretera.

14. Ley de Seguridad Vial. Seguridad Activa. Seguridad Pasiva. Comportamiento del usuario.

Dicha convocatoria así como las referidas bases se publicarán, publicado el anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos municipal. Los sucesivos anuncios serán publicados en el tablón de edictos municipal, sin perjuicio de la incorporación a la página web municipal de los diferentes trámites en que consista el proceso de selección.

Las bases íntegras serán expuestas en el tablón de edictos municipal y en la sede electrónica.

Pozuelo de Alarcón, a 15 de octubre de 2019.—El titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía (PD Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 2 de octubre de 2019), Eduardo Oria de Rueda Elorriaga.

(02/35.116/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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