Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
25-11-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191125-99

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

99
Madrid número 2. Procedimiento 58/2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 58/2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de FREMAP MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES SEGURIDAD SOC frente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, GRAMA SA, D./Dña. CARMEN FERNANDEZ RIVERO, INDUSTRIAS DE MADERA GRAMA SA y FOGASA sobre Seguridad Social se ha dictado la siguiente resolución:

Auto de fecha 21/10/2019. Aclaración sentencia

PARTE DISPOSITIVA

Debo acordar y acuerdo la aclaración de la Sentencia 410/2019 de fecha 30/09/2019 en el sentido que se recoge en el fundamento de derecho segundo, con las siguientes aclaraciones:

En el fundamento de derecho tercero en el apartado 3.o el CIF de Industrias de la Madera Grama, S.A., que ha de aparecer es A-28427151, y no el que por error se recoge en la sentencia.

Y, de igual forma procede corregir el error material del último párrafo que tendrá la siguiente redacción:

“La empresa Grama S.A., con domicilio en Plaza Tres Olivos n.o 28, con CIF A28592483, es una empresa distinta de la empresa Industria de la Madera Grama, S.A. con CIF A-28427151, que fue la empleadora de Balbino Andrés Ríos, y en consecuencia carece de responsabilidad alguna en las presentes actuaciones, debiendo estimar su falta de legitimación pasiva”.

En todo caso, y por evitar ningún tipo de confusión se ha de indicar que el CIF de la de la mercantil condenada en la sentencia, la empresa Industrias de la Madera Grama, S.A., es A-28427151.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella no cabe recurso alguno.

Así por este mi auto, lo pronuncio, mando y firmo;

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a INDUSTRIAS DE MADERA GRAMA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticinco de octubre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/36.347/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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