Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2019

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191126-34

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Undécima. Procedimiento 340/2019

Sección Undécima

EDICTO

La Letrada de la Administración de Justicia de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sección y con el número de rollo 340/2019 , se siguen en grado de apelación los autos de juicio verbal, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm.17 de Madrid, seguidos a instancia de P.G.E. , contra Rowena Basto Basto y otro, sobre desahucio por expiración de plazo y en el cual habiendo sido Magistrado Ponente Dª Margarita Vega de la Huerga, se ha dictado con fecha 14 de octubre de 2019 Sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

FALLO

Estimar en parte el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de doña Paloma Granero Expósito contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Madrid, de fecha 26 de marzo de 2019, que se revoca, para en su lugar acordar lo siguiente:

“Que debemos estimar y estimamos en parte la demanda promovida por la representación procesal de doña Paloma Granero Expósito contra don Norberto Esguerra Targa y doña Rowena Basto Basto, y en consecuencia se declara extinguido por expiración del término el contrato de arrendamiento suscrito entre la actora y don Norberto Esguerra Targa, en relación a la vivienda sita en Plaza de Chamberí número cinco, 1º interior derecha de Madrid, y condenamos al demandado señor Esguerra Targa a que deje libre, y a disposición de la demandante la referida vivienda, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo efectúa en el plazo que se señale, así como se le condena a pagar a la actora la cantidad de 1.638,98 euros en concepto de rentas y servicios más el importe de 450 euros al mes a partir del 1 de julio de 2018 y hasta la fecha de la efectiva entrega de la posesión de la vivienda a la demandante, más los intereses legales desde la interposición de la demanda.

Se absuelve de la demanda a la codemandada doña Rowena Basto Basto.

Las costas de la primera instancia se imponen al demandado don Norberto Esguerra Targa salvo las causadas por la codemandada doña Rowena Basto Basto que serán de cuenta de la parte actora. No se hace expresa condena de las costas de esta alzada”.

La estimación parcial del recurso determina la devolución del depósito constituido, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de Julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, se expide el presente, sirviendo de notificación en forma al apelado no comparecido Doña Rowena Basto Basto. Dado en Madrid, a 23 de octubre de 2019.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/36.838/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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