Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191126-39

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

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Madrid número 66. Procedimiento 24/2018

EDICTO

Doña María Teresa Martín Antona, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de exequatur número 24/2018 en los que se han dictado, en fecha 2 de septiembre de 2019, auto reconociendo el exequatur y en fecha 15 de octubre de 2019, auto de rectificación del anterior, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

«Su señoría acuerda: Estimar la petición, efectuada por don Juan Mauricio Oñate Pérez, de reconocimiento de la sentencia firme de divorcio de 18 de abril del 2017, dictada por el Juzgado número 4 de familia de Santiago de Chile, válida y ejecutable en España.

Una vez firme la presente resolución, expídase exhorto al Registro Civil para su anotación marginal en la inscripción de matrimonio de ambos cónyuges.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2887-0000-39-0024-18 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en Banco Santander”.

«Se estima la petición formulada por la procuradora doña Silvia Barreiro Teijeiro, en nombre y representación de don Juan Mauricio Oñate Pérez de rectificar el auto dictado en el presente procedimiento con fecha 2 de septiembre de 2019, en el sentido de que en el encabezamiento y en el antecedente de hecho segundo:

Donde dice:

“Doña Bemardita del Carmen Retamal Pozo”

Debe decir:

“Doña Bemardita del Carmen Retamal Poza”.

Incorpórese esta resolución al libro de resoluciones definitivas a continuación de aquella de la que trae causa la presente y llévese testimonio a los autos principales.

No cabrá recurso alguno contra la presente resolución sin perjuicio del recurso que proceda interponer contra el auto de la que este auto es aclaratorio».

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Bernardita del Carmen Retamal Poza se publica el presente edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de lo que yo la Letrada de la Administración de Justicia, doy fe en Madrid, a 15 de octubre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/38.106/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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