Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191126-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

62
Madrid número 9. Ejecución 255/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 255/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JAIME LAZCANO BELLO y D./Dña. CARMEN MARTINEZ NUÑEZ frente a EVERLANDER SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo dispuesto, SE ACUERDA:

Despachar orden general de ejecución de SENTENCIA de fecha 18/09/2019 a favor de la parte ejecutante, D./Dña. JAIME LAZCANO BELLO y D./Dña. CARMEN MARTINEZ NUÑEZ, frente a la demandada FOGASA y EVERLANDER SL, parte ejecutada, por un principal de 12.603,72 EUROS( que se corresponden con 8.193,91 euros más su 10% y otros 3.264.02 euros más su 10%); todo ello, más 1.260,37 euros y 1.260,37 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EVERLANDER SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de octubre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/36.781/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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