Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191126-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

82
Madrid número 15. Procedimiento 995/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 995/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA DEL MAR VILLALBA CANO frente a ALN TELEMARK SL, FOGASA y D./Dña. GUILLERMO VEGA REBUELTA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Se estima la demanda formulada por Dª MARIA DEL MAR VILLALBA CANO. con DNI 51926738Y frente a ALN TELEMARK SL con CIF B24606139, condenando a la demandada a abonar a la actora el importe de 1.058,29 euros brutos más el 10% de interés anual por mora desde la fecha del respectivo devengo y hasta la de la presente resolución.

Deberá colaborar la Administración Concursal en los términos legalmente establecidos procediendo la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial tras los trámites oportunos y conforme a lo previsto en el ordenamiento laboral.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a autos, y hágase saber a las partes que, de conformidad con el artículo 191 de la LRJS, contra ella no cabe recurso de suplicación.

Se acuerda notificar esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de su firmeza.

Por esta sentencia, definitivamente juzgando, se pronuncia, establece y firma.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALN TELEMARCK, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de octubre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/36.707/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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