Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
27-11-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191127-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

109
Madrid número 28. Procedimiento 390/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. REBECA BALLESTEROS HERRERO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 390/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. DANIEL SÁNCHEZ VICARIO frente a PLAMEYA SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia n 345/2019 de fecha 29/10/2019.

Dicha resolución no es firme y puede ser recurrirla en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de dicha resolución podrá tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de esta Juzgado, sito en la C/Princesa, 3. 8ª planta de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PLAMEYA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de octubre de dos mil diecinueve.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/36.835/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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