Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
27-11-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191127-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

110
Madrid número 28. Procedimiento 636/2018

EDICTO

Doña Eva María Luna Mairal, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de exequátur número 636/2018, instados por el procurador señor Morales Hernández-Sanjuán, en nombre y representación de doña XXX, contra don Michael Alonso Vicente, en ignorado paradero, en el que por resolución del día de hoy se ha acordado notificar el auto de fecha 24 de abril de 2019, cuya parte dispositiva es:

Parte dispositiva:

Su señoría acuerda: estimar la demanda de exequátur presentada por el procurador señor Morales Hernández-Sanjuán en nombre y representación de doña XXX y declarar reconocida, válida y ejecutable en España la resolución de sentencia de divorcio dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y comercial del Juzgado de primera instancia del Distrito Nacional de Santo Domingo (República Dominicana) de fecha 30 de julio de 2004, por la que se declara el divorcio por mutuo consentimiento entre doña XXX y don Michael Alonso Vicente.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Ejunciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2456-0000-39-0078-16 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco de Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos: 2456-0000-39-0078-16.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L. O. 1/2009, disposición adicional 15).

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.

La magistrada-juez.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Michael Alonso Vicente, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 5 de noviembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/37.933/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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