Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191128-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

68
Madrid número 4. Procedimiento 1099/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA HERRERO BARRERO LETRADO/A de la Admón. de justicia del Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1099/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIGUEL ANGEL SANCHEZ PICADO frente a ASESORIA PROTECCION Y SEGURIDAD SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por Miguel Ángel Sánchez Picado contra Asesoría, Protección y Seguridad, S.L y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), y condeno a la empresa a abonarle la cantidad de 1663,43 euros más el interés por mora del 10% anual, absolviendo al FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con el art. 191.2 g) LRJS.

Así, por esta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ASESORIA PROTECCION Y SEGURIDAD SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/37.169/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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