Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
29-11-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191129-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

37
Alcobendas. Urbanismo. Reparcelación ámbito AA-3 y finca C-3

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcobendas, en sesión ordinaria celebrada con fecha 12 de noviembre de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Con fecha 5 de julio de 2019 tuvo entrada en este Ayuntamiento (registro 24343) escrito de don Ignacio Martín Moina, con DNI 1*7****9-N, en representación de Grupo Inmobiliario Delta, S. A., con domicilio a estos efectos en avenida de la Vega, número 1, edificio 3, cuarto, Alcobendas, adjuntando dos copias en papel, junto con el correspondiente soporte magnético, del proyecto de reparcelación del Ámbito AA-3 y Finca C-3 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, correspondiente al ámbito de la Actuación Aislada contemplada en la Modificación Puntual 6 del Plan General de Ordenación Urbana. Solicita se proceda a la tramitación correspondiente. Con fecha 18 de octubre de 2019 (registro 34669) el mismo solicitante ha hecho entrega de un nuevo escrito sobre el mismo asunto adjuntando dos copias en papel, junto con su correspondiente soporte magnético, del proyecto de reparcelación de fincas AA-3 y C-3 de Alcobendas, octubre 2019.

De acuerdo con los artículos 72 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística y del artículo 88 de la vigente Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regulan el objeto y procedimiento de aprobación de las reparcelaciones, el proyecto de reparcelación presentado se limita a la agrupación de la parcela edificable de la AA-3 con la C-3, manteniendo todos los parámetros urbanísticos: superficie, usos, edificabilidad y aprovechamiento. La parcela resultante, la denominada R-2.21, está conformada por la suma de las dos parcelas de origen.

Los servicios técnicos municipales han analizado el citado proyecto de normalización de fincas concluyendo que el mismo contiene “la documentación necesaria y con la extensión y el nivel adecuado de concreción, es completo documentalmente y tiene el nivel mínimo de definición exigible para iniciar el proceso de reparcelación e inscribir las fincas resultantes tras aportar las certificaciones registrales y catastrales pendientes. La parcelación contenida en el proyecto de reparcelación se ajusta en cuanto al planeamiento a las determinaciones de la Modificación Puntual número 6 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, cumpliendo todos los parámetros urbanísticos; se limita a definir, de conformidad con él, la geometría y linderos de las fincas afectadas, no hay exceso ni defecto de superficie, no afecta al valor de las mismas ni a edificaciones existentes. Por todo ello se considera que reúne los requisitos técnicos y documentales para ser tramitado y aprobado inicialmente por la Junta de Gobierno Local si lo estima pertinente”.

Por lo anterior, visto el proyecto de reparcelación del ámbito AA-3 y finca C-3 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, elaborado por DECUS Gestión de Proyectos y don Gregorio Cámaras León, por encargo de su promotor Grupo Inmobiliario Delta, S. A., considerado igualmente el informe evacuado por los Servicios del Área de Urbanismo, es por lo que esta Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, acuerda:

1. Aprobar inicialmente el proyecto de reparcelación del ámbito AA-3 y finca C-3 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas incorporado al expediente y cuyo objeto se limita a la agrupación de la parcela edificable de la AA-3 con la C-3, manteniendo todos los parámetros urbanísticos: superficie, usos, edificabilidad y aprovechamiento. La parcela resultante, la denominada R-2.21, está conformada por la suma de las dos parcelas de origen.

2. Someter el expediente completo a información pública por plazo de veinte días, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un diario de los de mayor circulación de la provincia; plazo durante el cual el expediente podrá ser examinado y formuladas cuantas alegaciones se estimen pertinentes.

3. Notificar individualmente a los propietarios y titulares de derechos afectados para que, durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de recepción de la correspondiente notificación, puedan examinar el referido proyecto y alegar cuanto estimen pertinente a su derecho.

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 26 de noviembre de 2109.—El alcalde-presidente, Rafael Sánchez Acera.

(02/39.630/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191129-37