Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
29-11-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191129-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

83
Madrid número 85. Procedimiento 840/2018

EDICTO

Don ENRIQUE CILLA CALLE, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia núm. 85.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso núm. 840/2018 instados por Procurador D./Dña. NATALIA DELGADO PEREZ-IÑIGO en nombre y representación de D./Dña. RENZO CÉSAR BECERRA MEDINA contra D./Dña. MARIA VICTORIA ARENAZA CEDRON en reclamación de divorcio, en los que se ha dictado en fecha 09/10/2019 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Dª NATALIA DELGADO PEREZ-IVIGO, en nombre y representación de D. RENZO CESAR BECERRA MEDINA frente a Dª. MARÍA VICTORIA ARENAZA CEDRÓN en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges D. RENZO CESAR BECERRA MEDINA y Dª MARIA VICTORIA ARENAZA CEDRON celebrado el día 24 de enero de 1997 en Lima (Perú) con los efectos legales inherentes a tal situación,

A la vista de la rebeldía de la demandada notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el Art. 500 de la LEC.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACION en el plazo de VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 3459-0000-33-0840-18 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DE SANTANDER.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia nº 85 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 3459-0000-33-0840-18.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El/la Juez/Magistrado/a Juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. MARIA VICTORIA ARENAZA CEDRON y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de BOCM.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 11 de octubre de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/38.715/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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