Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191204-116

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

116
Madrid número 15. Ejecución 185/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 185/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ADRIAN BENJEAN frente a DENIA GRUP 4 SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“Se acuerda:

El embargo del bien/es inmueble/es que se describe/n urbana: veinticuatro.- local comercial señalado con el número l-nueve, situado en la planta baja de la Fase Primera, con acceso por la fachada Oeste del edificio. Carece de distribución interior y tiene la superficie de setenta y cinco metros cuadrados construidos. Linda: derecha entrando, local comercial número L-ocho, izquierda, con local comercial número L-diez; y fondo, vial particular de la urbanización. Tiene como anejo la zona de terraza pavimentada, en parte bajo pérgola, que confronta con toda la línea de fachada del local, por quince metros de profundidad, o sean setenta y cinco metros cuadrados. Cuota: 3,73%. Inscrito en el Registro de la Propiedad número 2 de Denia, al tomo 162, libro 162, folio 144.

a) como propiedad de DENIA GRUP 4 SL para responder de la cantidad de 2.672,23 EUROS más 534 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancia de D./Dña. ADRIAN BENJEAN contra DENIA GRUP 4 SL.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir al ejecutado, para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo Fundamento Jurídico del presente Decreto.

d) Designándose al efecto al Perito que por turno corresponda de los adscritos a la Oficina de Peritos Judiciales, a cuyo efecto, líbrese exhorto a la Oficina de Registro y Reparto de Denia, a fin de que procedan al desempeño de su cometido en el plazo máximo de ocho días, con traslado de copia de los bienes embargados.

Póngase en conocimiento de las partes o terceros que conste tengan derecho sobre los bienes a tasar, el nombramiento efectuado, para que, dentro del segundo día puedan designar otro por su parte, con la prevención de que si no lo hicieran se les tendrá por conforme, practicándose únicamente el avalúo por el perito antes nombrado.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA”

Y para que sirva de notificación en legal forma a DENIA GRUP 4 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto , salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/37.447/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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