Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2019

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191204-156

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

156
Móstoles número 2. Ejecución 250/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María Isabel Cano Campaña, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en la Ejecución: 250/2019, de este juzgado de lo Social, seguido a instancias de D./Dña. SALOUA OUALGHAZI EL HASNAOUI, D./Dña. SANDRA GARCÍA FEROS, D./Dña. LATIFA EL FAZAZI, D./Dña. LOURDES DE LAS MERCEDES MADAN IBÁÑEZ, D./Dña. CAROLINA DE LA PEÑA CARROCERA, D./Dña. KATHERINE ADAMES RAMÍREZ, D./Dña. TATEER FATIMA SYED BEGUM, D./Dña. ZHOR AMIMRAT y D./Dña. SALY KONATE EPSE SIDIBE frente a GSA SOLUCIONES EMPRESARIALES S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Decreto de fecha 22/10/2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 39.224,43 euros de principal y 3.922,00 euros de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado GSA SOLUCIONES EMPRESARIALES S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago, con el siguiente desglose:

SANDRA GARCÍA FEROS: 3.344,69 euros (correspondiendo 3.229,19 euros de indemnización y 115,50 euros de salarios de tramitación).

CAROLINA DE LA PEÑA CARROCERA: 2.127,12 euros (correspondiendo 2.011,62 euros de indemnización y 115,50 euros de salarios de tramitación).

LATIFA EL AZAZI: 6.902,32 euros (correspondiendo 5.082,88 euros de indemnización y 1.819,44 euros de salarios de tramitación).

KATHERINE ADAMES RAMÍREZ: 11.785,81 euros (correspondiendo 1.641,06 euros de indemnización y 10.144,75 euros de salarios de tramitación).

LOURDES DE LAS MERCEDES MADAN IBÁÑEZ: 2.840,76 euros (correspondiendo 2.804,34 euros de indemnización y 36,42 euros de salarios de tramitación).

ZHOR AMIMRAT: 4.037,67 euros (correspondiendo 3.281,85 euros de indemnización y 755,82 euros de salarios de tramitación).

FATIMA TATEER SYED BEGUM: 3.171,44 euros (correspondiendo 1.535,19 euros de indemnización y 1.636,25 euros de salarios de tramitación).

SALOUA OUALGHAZI EL HASNAOUI: 3.219,56 euros (correspondiendo 3.123,31 euros de indemnización y 96,25 euros de salarios de tramitación).

SALY KONATE EPSE SIDIBE: 1.795,06 euros (correspondiendo 1.641,06 euros de indemnización y 154,00 euros de salarios de tramitación).

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2851-0000-64-0250-19.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARÍA ISABEL CANO CAMPAÑA

Y para que sirva de notificación en legal forma a GSA SOLUCIONES EMPRESARIALES S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a siete de noviembre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/37.561/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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