Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2019

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191204-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CADALSO DE LOS VIDRIOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Cadalso de los Vidrios. Régimen económico. Calendario fiscal

Se pone en conocimiento de todos los contribuyentes y demás interesados que, por Decreto de Alcaldía 30-1119, de 13 de noviembre de 2019, se ha aprobado el siguiente calendario fiscal correspondiente a los tributos de carácter periódico del ejercicio de 2020:

Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 17 de febrero al 18 de mayo.

Tasa por entrada y salida de vehículos: del 17 de febrero al 18 de mayo.

Tasa por recogida de basura cuatrimestral:

— Tercer cuatrimestre 2019: del 15 de enero al 16 de marzo.

— Primer cuatrimestre 2020: del 15 de mayo al 15 de julio.

— Segundo cuatrimestre 2020: del 16 de septiembre al 18 de noviembre.

Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: del 15 de julio al 18 de noviembre.

Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica: del 15 de julio al 18 de noviembre.

Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales: del 15 de julio al 18 de noviembre.

Tasa ocupación mesa y sillas: del 15 de julio al 16 de septiembre.

Impuesto sobre actividades económicas: del 16 de septiembre al 18 de noviembre.

Asimismo se comunica que los padrones fiscales referidos a los tributos que se han relacionado quedarán expuestos al público en las oficinas municipales, calle Real, número 36, Cadalso de los Vidrios, en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, quince días antes que se inicien los respectivos períodos de cobro y por el plazo de un mes, a fin de que los interesados puedan examinarlo y formular las alegaciones que estimen oportunas.

El pago se podrá efectuar:

a) Los recibos no domiciliados, previa presentación de los documentos de ingreso que se remitirán al domicilio de cada contribuyente, en cualquiera de las oficinas de la entidad colaboradora Bankia o mediante ingreso o transferencia en Bankia en el número de cuenta ES79 2038 2230 1860 00200522, indicando en el concepto de la transferencia el nombre, apellidos y NIF del sujeto pasivo del recibo.

b) En la Oficina Municipal de Recaudación, sita en Calle Real, número 36, Cadalso de los Vidrios, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas, mediante pago en efectivo.

c) Los recibos domiciliados serán cargados en la cuenta bancaria de cada contribuyente.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario señalado anteriormente, se iniciará el período ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, los intereses de demora y costas que procedan, de acuerdo con lo previsto en la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, el presente edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el tributo y ejercicio referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termina la exposición pública.

En Cadalso de los Vidrios, a 13 de noviembre de 2019.—La alcaldesa, Verónica María Muñoz Villalba.

(02/39.070/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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