Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191204-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10

76
Madrid número 10. Procedimiento 334/2011

EDICTO

Don José Carlos Gomila de Sande, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 334/2011, instados por la procuradora doña Valentina López Valero, en nombre y representación de Tarcredit E. F. C., S. A., contra don Elio Robelin Monsefu Poma y don Edison Eduardo Sigcho Mancero, en reclamación de 5.032,55 euros de principal, más los intereses de demora pactados y gastos de devolución, en los que se ha dictado sentencia en fecha 7 de febrero de 2017, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador don Francisco Javier Díaz Menéndez, en nombre y representación de Tarcredit Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., frente a don Edison Eduardo Sigcho Mancero y don Elio Robelin Monsefu Poma, condeno a los demandados a abonar solidariamente a la actora la suma de 4.298,36 euros con los intereses legales y sin que proceda hacer expresa condena en costas.

Así lo acuerda, manda y firma la señora doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, de lo que doy fe.

Notifíquese la presente resolución a las parles poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, exponiendo las alegaciones en que base la impugnación y citando la resolución apelada y los pronunciamiento que impugna, previo depósito de 50 euros que deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado número 2438 de Banco Santander, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo, el Secretario, doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados don Elio Robelin Monsefu Poma y don Edison Eduardo Sigcho Mancero y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/38.359/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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