Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
05-12-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191205-111

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

111
Madrid número 12. Procedimiento 1031/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Montserrat Torrente Muñoz, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1031/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CONCEPCIÓN PEÑA FERNÁNDEZ frente a BULEVAR INNOVA GRUPO ASOCIADO S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

Diligencia de ordenación la letrada de la Admón. de Justicia, D./Dña. Montserrat Torrente Muñoz.—En Madrid, a tres de diciembre de dos mil diecinueve.

La magistrada titular de este Juzgado de Refuerzo, ha resultado elegida en las elecciones a Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, como miembro de la misma y teniendo fijada la toma de posesión y constitución, de la Sala de Gobierno el 11.12.2019 a las 10:00 horas, se deja sin efecto el señalamiento, convocando a las partes a los actos de conciliación y juicio para el día 12/12/2019, a las 09:05 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado.

Existiendo los medios tecnológicos necesarios, y pudiendo el Letrado/a de la Admón. de Justicia garantizar la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido mediante la utilización de la firma electrónica reconocida u otro sistema de seguridad que conforme a la ley ofrezca tales garantías, la celebración del acto no requerirá la presencia en la sala del Letrado/a de la Admón. de Justicia salvo que lo soliciten las partes, al menos dos días antes de la celebración de la vista, o que excepcionalmente lo considere necesario el Letrado/a de la Admón. de Justicia, atendiendo a la complejidad del asunto, al número y naturaleza de las pruebas a practicar, al número de intervinientes, a la posibilidad de que se produzcan incidencias que no pudieran registrarse, o a la concurrencia de otras circunstancias igualmente excepcionales que lo justifiquen, supuesto en el cual el Letrado/a de la Admón. de Justicia extenderá acta sucinta en los términos previstos en el apartado siguiente.

Adviértase a las partes:

1. Que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (Artículo 82.3 de la Ley de Jurisdicción Social).

2. Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda (Art. 83.2 LJS).

3. Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma, no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a BULEVAR INNOVA GRUPO ASOCIADO S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de diciembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/40.422/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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