Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
05-12-2019

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191205-58

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Soto del Real. Régimen económico. Plan económico financiero

Aprobándose inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 21 de noviembre de 2019, las siguientes propuestas de Alcaldía sobre medidas adicionales al Plan Económico Financiero 2018-2019.

ANULACIÓN PARCIAL MEDIDAS ADICIONALES PEF 2018-2019

A la vista de que la partida de Fondo de Contingencia tenía un crédito inicial de 10.000 euros y fue objeto de dos modificaciones presupuestarias cuyo objetivo era poder realizar la aprobación de medidas adicionales al PEF 2018-2019 una vez se tuviera conocimiento en firme de su necesidad y del importe al que asciende.

Vista la contestación recibida por la Subdirección General de Relaciones Financieras con Entidades Locales en relación a las Medidas Adicionales al Plan Económico Financiero 2018-2019 del Ayuntamiento de Soto del Real, en cuanto concluyen que no es acorde con la norma considerar correctos los Acuerdos de no disponibilidad de crédito sobre la dotación al Fondo de Contingencia a los efectos del artículo 25.1.a) de la LOEPSF, dispongo:

Primero.—Proponer la anulación de aquellos acuerdos plenarios tendentes a habilitar crédito en la partida del Fondo de Contingencia así como el acuerdo de no disponibilidad de su crédito.

Concretamente la anulación de los siguientes acuerdos:

— Anulación parcial del acuerdo de Pleno, de 15 de marzo de 2019, con el siguiente contenido:

El expediente de modificación de créditos, al vigente presupuesto municipal que adopta la modalidad de suplemento de crédito número 3/2019, de acuerdo con el siguiente detalle:

— Anulación total del acuerdo de Pleno de 30 de julio con el siguiente contenido:

Dar de baja por anulación créditos la partida 929.50000 Fondo de Contingencia del Presupuesto de Gastos por importe de 286.625,01 euros, y financiar con ello una modificación presupuestaria de suplemento de crédito para la amortización total de los préstamos pendientes en capítulo 9 de gastos, cancelando de esta manera por completo la deuda municipal en este mismo año. En concreto, reciben créditos las siguientes partidas presupuestarias:

— Anulación parcial del acuerdo de Pleno de 30 de julio con el siguiente contenido:

Declarar la no disponibilidad de créditos del presupuesto de gastos por importe 203.573,34 euros, en las siguientes partidas presupuestarias:

Segundo.—Trasládese a la Comisión Informativa de Hacienda para su estudio y propuesta de aprobación inicial, que se elevará al Pleno en la próxima sesión que se celebre y procédase a dar publicación del acuerdo a efectos de dar cumplimiento a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad aplicables.

MEDIDAS ADICIONALES PEF 2018-2019

Vista la liquidación del presupuesto del ejercicio 2018, el informe de intervención 19/2019 sobre dicha liquidación, y el informe 27/2019 sobre aprobación de medidas presupuestarias adicionales al Plan Económico Financiero 2018-2019 para el cumplimiento de los objetivo de estabilidad presupuestaria, objetivo de deuda pública y regla de gasto, el cual informa lo siguiente: “Para el cálculo del importe de las medidas correctoras se procede a tomar como referencia el importe del incumplimiento del PEF 2018-2019 que asciende a 1.151.632,49 euros, procedemos a actualizarla a la tasa de variación del 2,70 por 100 y obtenemos un total de 1.182.726,57 euros como importe de las medidas adicionales al PEF 2018-2019 a aprobar”.

Este incumplimiento tiene su causa en la realización por parte del Ayuntamiento de obras de pavimentación de Urbanizaciones, siendo tal gasto sufragado en un 75 por 100 por subvenciones de capital de las Entidades Urbanísticas de Colaboración. Principalmente en el ejercicio 2018 se han realizado gastos en la EUCC Vistarreal por este concepto por un importe de 1.239.128,65 euros, cifra que ya de por sí y sin añadir las demás supera el importe total del incumplimiento. Tras haber realizado consulta a la Subdirección General de Relaciones Financieras con Entidades Locales del Ministerio de Hacienda sobre si tal gasto debe computar en el objetivo de la regla de gasto, la contestación fue afirmativa, hecho que provoca el incumplimiento de la regla de gasto que justifica este expediente, pese a que la financiación en un 75 por 100 no es municipal sino aportada por las urbanizaciones, dispongo:

Primero.—Proponer la aprobación de las siguientes medidas adicionales al Plan Económico Financiero 2018-2019 aprobado en fecha 8 de mayo de 2018, y que consisten en lo siguiente:

— Dar de baja por anulación créditos la partida 920.22699 de Administración General. Gastos diversos del presupuesto de gastos por importe de 286.625,01 euros, y financiar con ello una modificación presupuestaria de suplemento de crédito para la amortización total de los préstamos pendientes en capítulo 9 de gastos, cancelando de esta manera por completo la deuda municipal en este mismo año. En concreto, reciben créditos las siguientes partidas presupuestarias:

Esta actuación facilita el cumplimiento del Plan Económico-Financiero 2018-2019 en el que se estableció como objetivo la reducción de la deuda bancaria a importe 0 en el ejercicio 2019.

La reducción del crédito en la partida de Fondo de Contingencia no es susceptible de perturbar el respectivo servicio.

— Declarar la no disponibilidad de créditos del presupuesto de gastos por importe 203.573,34 euros, en las siguientes partidas presupuestarias:

Segundo.—Trasládese a la Comisión Informativa de Hacienda para su estudio y propuesta de aprobación inicial, que se elevará al Pleno en la próxima sesión que se celebre y procédase a dar publicación al acuerdo de baja por anulación de crédito para financiación de suplemento de crédito a efectos de dar cumplimiento a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad aplicables.

MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 24/2019 SUPLEMENTO DE CRÉDITO

Vista la liquidación del presupuesto del ejercicio 2018 y ante la existencia de un Remanente de Tesorería para gastos generales ajustado positivo por importe 1.064.398,46 euros.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por medio de la presente, dispongo:

Primero.—Que se emita informe de intervención sobre la memoria de esta Alcaldía, que es la siguiente:

MEMORIA DE ALCALDÍA

1.o Modalidad.—El expediente de modificación de créditos, al vigente presupuesto municipal que adopta la modalidad de suplemento de crédito número 24/2019, de acuerdo con el siguiente detalle:

2.o Justificación.—El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores, viene determinado por la necesidad de dotar crédito a una partida presupuestaria para que una vez devengue firme esta modificación presupuestaria se proceda a la declaración de su indisponibilidad de crédito o su baja por anulación para financiar el endeudamiento pendiente, con el objetivo de dar cumplimiento al Plan Económico-Financiero que el Ayuntamiento debe adoptar.

Segundo.—Con los informes anteriores, trasládese a la Comisión Informativa de Hacienda para su estudio y propuesta de aprobación inicial, que se elevará al Pleno en la próxima sesión que se celebre.

Conforme a lo previsto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público durante un plazo de quince días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, a contar desde el siguiente al de la inserción del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Pleno del Ayuntamiento, en la Secretaría municipal en horas de oficina. En caso de no presentarse aquellas, el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo.

Soto del Real, a 22 de noviembre de 2019.—El alcalde, Juan Lobato Gandarias.

(03/39.309/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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