Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
05-12-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191205-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 3

84
Collado Villalba número 3. Procedimiento 307/2016

EDICTO

Doña María Isabel Duran Baños, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Collado Villalba.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 307/2016, entre Santander Consumer EFC, S. A., y don Anderson David Escobar Palomino y doña Sandra Milena Morales Berrio, en cuyos autos se ha dictado sentencia número 80/2017, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando sustancialmente la demanda deducida por el procurador señor Esteban Muñoz, en nombre y representación de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S. A, contra don Anderson David Escobar Palomino y contra Sandra Milena Morales Berrio, debo condenar y condeno a los mismos a que hagan pago solidario a la actora de la cantidad de 18.588,92 euros, más los intereses descritos en el fundamento segundo de la presente resolución; todo ello, con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Esta resolución no es firme y frente a ella cabe interponer, en el plazo de veinte días desde su notificación, recurso de apelación ante este Juzgado, del que conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Madrid.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a los demandados, don Anderson David Escobar Palomino y doña Sandra Milena Morales Berrio, en ignorado paradero, se expide el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Collado Villalba, a 26 de junio de 2017.—La letrada de la Administración de justicia.

(02/35.939/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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