Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
05-12-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191205-89

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

89
Madrid número 2 . Ejecución 179/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 179/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D. CARLOS JAVIER DURAN TINIZARAY frente a MONTARACK WORKING, SL, sobre Ejecución de Títulos No Judiciales, se han dictado resoluciones con la siguiente parte dispositiva:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución número 179/2019 a favor de la parte ejecutante, D. CARLOS JAVIER DURÁN TINIZARAY, frente a MONTARACK WORKING, S.L., parte ejecutada, por importe de 500 euros en concepto de principal, más otros 75 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas que en su caso, puedan devengarse durante la ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y en orden al inicio de la presente, procédase a realizar consulta telemática a través del Punto Neutro Judicial sobre averiguación patrimonial de la empresa ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra este auto que resuelve la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada.

Así lo acuerda y firma S. S.a, la Sra. Dña. María del Carmen Cano Martínez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número dos de Madrid.

LA MAGISTRADA- JUEZ

PARTE DISPOSITIVA

Se tiene por desistido al ejecutante D. CARLOS JAVIER DURÁN TINIZARAY del proceso de ejecución número 179/2019 por el instado.

Se acuerda el levantamiento de los embargos trabados sobre los bienes de la mercantil ejecutada, librándose los correspondientes despachos a los efectos legales oportunos.

Procédase, al cierre y archivo de las actuaciones.

Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco de Santander IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2500 0000 00 0179 19.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARÍA HERRERO BARRERO

Y para que sirva de notificación en legal forma a MONTARACK WORKING S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de noviembre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/37.905/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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