Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
10-12-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191210-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2

80
Móstoles número 2. Procedimiento 278/2019

EDICTO

D./Dña. Miguel Ángel Ambrona Hernández, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia núm. 2, da fe, que en este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Ordinario núm. 278/2019 instados por Procurador D./Dña. Ana María Álvarez Úbeda en nombre y representación de D./Dña. Denise Berthe Moreau Delmas Keim y D./Dña. Marino García Antón contra Promociones y Construcciones Residenciales S.A. en los que se ha dictado en fecha 07/11/2019 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

“FALLO

Se estima la demanda interpuesta por la procuradora doña Ana Mª Álvarez Úbeda en nombre y representación de don Marino García Antón y doña Denise Berthe Moreau-Delmas Keim, frente a Promociones y Construcciones Residenciales S. A., y en consecuencia:

Se condena a la mercantil demandada a elevar a público el contrato privado de compraventa de fecha de 27 de agosto de 1974, y en caso de no realizarlo, se acuerda el otorgamiento público judicial;

Se declara que los actores son propietarios por título de compraventa para su sociedad de gananciales de la finca urbana, registral 35.591 Registro de la Propiedad nº 4 de Móstoles, vivienda; localización, calle Españoleto, 1, escalera derecha, planta 5, puerta B, situación: Parque Estoril II/LAS LANZAS. Hoy calle Miguel Angel, nº 15, escalera derecha planta 5, puerta B, referencia catastral 6752701VK2665S0158FW;

Se condena a la demandada a estar y pasar por esta declaración;

Se ordena su inscripción en el Registro de la Propiedad nº 4 de Móstoles, finca registral 35.591, al tomo 45, libro 418, previa cancelación/rectificación de los asientos registrales contradictorios con este dominio.

Con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a contar del siguiente de su notificación

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

El/la Juez/Magistrado/a Juez”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Promociones y Construcciones Residenciales S.A. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Móstoles, a 07 de noviembre de 2019.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(02/39.285/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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