Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
10-12-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191210-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 2

84
Navalcarnero número 2. Procedimiento 741/2016

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 741/2016, entre Mercedes Benz Financial y don Eduardo Sánchez Montero, en cuyos autos se ha dictado los particulares del siguiente tenor literal:

Sentencia número 180/2019

Juez/magistrada-juez, doña Eva Sesma Madroño.—Navalcarnero, a 1 de octubre de 2019.

Doña Eva Sesma Madroño, juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Navalcarnero, ha visto los autos del juicio ordinario registrado con el número 741/2016, promovido por la mercantil Mercedes Benz Financial Services España EFC, S. A., representada por el procurador de los tribunales señor Sampere Meneses, y asistida por el letrado señor Tejera de Lucas, contra don Eduardo Sánchez Montero, declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el procurador señor Sampere Meneses, en nombre y representación de Mercedes Benz Financial Services España EFC, S. A., contra don Eduardo Sánchez Montero, condenando al demandado al pago de la cantidad de 26.088,37 euros al demandante, más el interés determinado en el fundamento jurídico tercero de esta resolución, y condena en costas para la parte demandante.

Auto

La juez/magistrada-juez que lo dicta, doña Eva Sesma Madroño.—Navalcarnero, a 13 de noviembre de 2019.

Parte dispositiva:

Se estima la petición formulada por el procurador señor Sampere Meneses, en nombre y representación de Mercedes Benz Financial, de rectificar la sentencia dictada en el presente procedimiento, con fecha 1 de octubre de 2019, en el sentido de que:

Donde dice: “… más los intereses determinados en el fundamento jurídico tercero de esta resolución, y condena en costas para la parte demandante”.

Debe decir: “… más los intereses determinados en el fundamento jurídico tercero de esta resolución, y condena en costas para la parte demandada”.

Y para que sirva de notificación a don Eduardo Sánchez Montero, por encontrarse en ignorado paradero expido y firmo la presente en Navalcarnero, a 14 de noviembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/38.975/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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