Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
11-12-2019

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191211-31

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

31
Leganés. Régimen económico. Bases concurso desfile cabalgata

Anuncio de acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en la que se han aprobado en sesión ordinaria, el día 3 de diciembre en el punto 7, las bases que regirán en el Concurso del Desfile de la Cabalgata de Reyes 2020.

Con motivo de la celebración de la Cabalgata de Reyes 2020 la Delegación de Festejos del Ayuntamiento de Leganés, atendiendo a la tradición navideña que supone la Cabalgata de los Reyes Magos, organiza y convoca el “Concurso del desfile de la Cabalgata de Reyes 2020”, para promover la participación de las distintas asociaciones de la ciudad y complementar las actuaciones municipales de la misma, y que se regirá por las presentes

BASES DEL CONCURSO DEL DESFILE DE LA CABALGATA DE REYES 2020

Artículo 1. Participantes.—Podrán participar en el concurso del desfile de la Cabalgata de Reyes los clubes, asociaciones, peñas, agrupaciones locales, ampas, centros educativos y academias de enseñanza, con entidad jurídica, constituido por un grupo de al menos 15 personas, formados por adultos y/o menores de edad (siempre que vayan acompañados por responsables mayores de edad) y con sede en la localidad de Leganés.

Se limita la participación para el Concurso del Desfile de la Cabalgata de Reyes a un total de 25 participaciones.

La selección de las mismas de presentarse más solicitudes de inscripción que número de participaciones disponibles se realizará por sorteo público que se realizará el lunes 16 de diciembre de 2019, comunicando la Delegación de Festejos a los seleccionados su participación o no en el concurso por medio de correo ordinario, e-mail o teléfono. Aquellas participaciones que no formen parte del concurso podrán, si lo desean, desfilar sin participar en el mismo.

Todos los grupos designarán un representante que actuará en nombre de todos los miembros y será la persona que interactúe en las relaciones con el Ayuntamiento de Leganés.

Art. 2. Aspectos generales.—Serán obligaciones de los participantes en el concurso:

— Realizar una carroza y/o comparsa para la Cabalgata de Reyes que se celebrará el día 5 de enero de 2020 a las 18:30 horas, con una duración aproximada de dos horas por las calles del casco urbano del municipio de Leganés.

— Estacionar la carroza o ubicar al personal integrante de la comparsa en el lugar de salida asignado por la Delegación de Festejos en la avenida de Juan Carlos I, entre las calles Francia y Bélgica, en sentido subida, el día 5 de enero de 2020, entre las 16:30 y las 17:45 horas, para la realización de la inspección previa y colocación en el orden que se establezca antes de la Cabalgata, debiendo permanecer en todo momento el responsable de la misma en dicho lugar.

— En caso de utilizar vehículo de tracción mecánica se deberá aportar antes del 3 de enero de 2020 toda aquella documentación requerida desde Policía Local y que consta de:

• Permiso de conducir del conductor y/o conductores previstos.

• Documentación en regla del vehículo (permiso de circulación, ficha técnica, seguro obligatorio, ITV en vigor).

— Velar por la seguridad del público asistente, para lo cual en caso de participar con vehículos deberán contar con un servicio de control de:

• Al menos 6 personas (2 a cada lado, 1 delante y 1 detrás) en caso de vehículos de hasta 6 metros de longitud.

• Al menos 8 personas (3 a cada lado, 1 delante y 1 detrás) en caso de vehículos de longitud entre 6 y 10 metros de longitud.

• Al menos 10 personas (4 a cada lado, 1 delante y 1 detrás) en caso de vehículos de más de 10 metros de longitud.

— Deberán controlar durante todo el recorrido la seguridad del público y evitar que ninguna persona pueda sufrir un accidente en el recorrido de la Cabalgata. Estas personas de control deberán llevar un chaleco reflectante que se facilitará desde la Delegación de Festejos.

— Velar por la seguridad de los participantes que vayan encima de las carrozas, contando con una estructura estable y con todos los elementos bien anclados a la misma. En caso de contar con vallado asegurar la firmeza del mismo y en caso de contar con estructuras de altura (de no más de 4 metros) contar con sujeciones seguras (vientos, etcétera).

— En general someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento de Leganés y las fuerzas de seguridad, facilitando cuanta información les sea requerida y siguiendo las indicaciones que se les pudieran dar.

— El orden en que desfilarán las carrozas durante la Cabalgata será establecido desde la Delegación de Festejos siendo inamovible el orden de las carrozas municipales.

— El Ayuntamiento podrá desestimar la participación en la Cabalgata y en el concurso (descalificación) si no cumple las condiciones establecidas en estas bases o por cualquier defecto grave de seguridad detectado por las fuerzas de seguridad municipales en la inspección previa a la Cabalgata.

Art. 3. Solicitud y plazos.—La entrega y recepción de las solicitudes de inscripción se realizará a través de registro electrónico, debiendo remitir justificante de la presentación de la misma por correo electrónico a las direcciones jblanco@leganes.org y asuarez@leganes.org. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el jueves 12 de diciembre de 2019. Cualquier solicitud de inscripción con fecha de registro posterior a dicha fecha no será aceptada.

Asimismo deberán presentar en la Delegación de Festejos la siguiente documentación antes del día 3 de enero de 2020:

— Relación de todos los menores de edad que participen en los concursos.

— Declaración responsable del presidente de la Asociación indicando que solo participarán los menores que hayan presentado autorización de su tutor/a.

— Autorización firmada por los tutores/as legales (padre/madre o tutor/a) de cada uno de los menores que participarán en el desfile indicando claramente los datos del autorizado, autorizador y entidad con la que participan.

Art. 4. Sistema del concurso y jurado.—El día de la Cabalgata, el jurado constituido al efecto y formado por un máximo de 3 técnicos municipales, presidido por el concejal-delegado de Desarrollo Local y Empleo, Festejos, Sostenibilidad y Movilidad, y actuando como secretario con voz pero sin voto un representante de la Delegación de Festejos, valorará las carrozas durante todo el recorrido. El presidente podrá abstenerse en la votación.

El jurado se reunirá y procederá a la votación de los participantes una vez hayan finalizado el desfile, en sesión privada, otorgando la puntuación que estime oportuna a cada uno de los participantes en función de los criterios establecidos en las presentes bases, emitiendo el fallo que proceda y levantándose el correspondiente acta por el secretario, previamente nombrado por el concejal-delegado de Festejos, en el que hará constar la puntuación obtenida.

La selección de los ganadores será competencia exclusiva del jurado, emitiendo este su fallo con carácter definitivo e inapelable y pudiendo declarar desierto la concesión de algún o algunos de los premios.

El jurado velará por el estricto cumplimiento de las presentes bases, aclarando e interviniendo sobre cualquier duda que pueda presentarse sobre la interpretación de las mismas.

El jurado podrá adoptar las medidas oportunas y/o a descalificar, en su caso, a los participantes que incumplan algún punto de las bases durante el transcurso del concurso.

Asimismo, el jurado podrá revocar cualquiera de los premios en caso de detectar alguna irregularidad.

Los componentes del jurado puntuarán de 1 punto a 5 puntos (siendo 1 la mínima puntuación y 5 la máxima) de acuerdo con cuatro criterios: originalidad, vistosidad, laboriosidad y organización de la entidad.

El fallo del jurado se publicará en la página web del Ayuntamiento (www.leganes.org) el día 8 de enero de 2020.

Art. 5. Premios.—Se otorgarán los premios que a continuación se detallan, estableciéndose para todos ellos un máximo de 11.000 euros, con cargo a la partida 21-3380-481-00 del ejercicio 2020 y que estarán sometidos a las retenciones legalmente establecidas:

— Primer premio: 700 euros.

— Segundo premio: 650 euros.

— Tercer premio: 600 euros.

— Cuarto premio: 550 euros.

— Accésit del 5.o al 10.o: 500 euros.

— Accésit del 11.o al 15.o: 450 euros.

— Accésit del 16.o al 20.o: 400 euros.

— Accésit del 21.o al 25.o: 250 euros.

Art. 6. Información y publicidad.—La publicación de las presentes bases se realizará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cualquier comunicación relativa al concurso se hará además a través de los tablones de anuncios de la Concejalía-Delegada de Festejos y de la página web del Ayuntamiento (www.leganes.org).

La información relativa al mismo se facilitará desde la Concejalía-Delegada de Festejos, en el teléfono 912 489 583 y en los correos electrónicos asuarez@leganes.org y jblanco@leganes.org

Art. 7. Aspectos legales.—El Ayuntamiento de Leganés podrá, en el caso de detectar un uso fraudulento del certamen, modificar las presentes bases en aquellas disposiciones que fueran pertinentes para lograr el correcto funcionamiento del mismo. Así mismo, resolverá todas las cuestiones que pudieran surgir o plantearse en la interpretación de estas bases.

Los participantes consienten al Ayuntamiento de Leganés la realización de grabaciones audiovisuales en espacios públicos de su imagen, derivadas de su participación en este concurso y autorizan su posterior utilización con carácter promocional, dentro del marco de la información municipal de interés general, lo que incluirá su reproducción y comunicación pública en aquellos medios que el Ayuntamiento de Leganés considere, sin límite temporal alguno.

Art. 8. Órgano competente.—Corresponde a la Junta de Gobierno Local la aprobación de las presentes bases, delegando en el concejal-delegado de Festejos la adopción de cuantos acuerdos sean necesarios para la ejecución del concurso, salvo el reconocimiento de la obligación y el pago de los premios que corresponderá al concejal-delegado de Hacienda, de conformidad con las bases de ejecución del presupuesto.

Leganés, a 3 de diciembre de 2019.—El concejal-delegado de Desarrollo Local y Empleo, Festejos, Sostenibilidad y Movilidad, Francisco J. Muñoz Murillo.

(03/40.751/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191211-31