Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
11-12-2019

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191211-39

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Presidencia. Calendario servicio de guardias año 2020 Collado Villalba

PRESIDENCIA

Collado Villalba. Calendario del servicio de guardias para el año 2020.

Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el miércoles de cada semana, hasta el miércoles de la semana siguiente. Ahora bien, se considera que el octavo día se está de guardia solo a los efectos de celebrar los juicios rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia.

También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de Guardia (J.o) se produce a las 9:00 horas del día en que comienza dicha guardia (cada miércoles).

Para el supuesto previsto en el artículo 47 del Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, al Juzgado número 1 coadyuvará el Juzgado número 3 y viceversa, al Juzgado número 2 coadyuvará el Juzgado número 4 y viceversa, al Juzgado número 5 coadyuvará el Juzgado número 7 y viceversa, al Juzgado número 6 coadyuvará el Juzgado número 8 y viceversa. Si fuera necesario la colaboración de más Juzgados, serían llamados a coadyuvar en el siguiente orden, respectivamente: al Juzgado número 1, los número 2, 4, 5, 6, 7, 8 y el Juzgado de violencia sobre la mujer (VM); al Juzgado número 2, los número 1, 3, 5, 6, 7, 8 y VM; al Juzgado número 3, los número 4, 5, 6, 7, 8, 2 y VM; al Juzgado número 4, los número 3, 1, 5, 6, 7, 8 y VM; al Juzgado número 5, los número 8, 6, 4, 3, 2, 1 y VM; al Juzgado número 6, los número 5, 4, 3, 7, 2, 1 y VM; al Juzgado número 7, los número 6, 8, 4, 2, 3, 1 y VM; al Juzgado número 8, los número 7, 4, 1, 2, 5, 3 y VM.

Madrid, a 12 de noviembre de 2019.—El presidente, Celso Rodríguez Padrón.

(03/39.725/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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