Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
11-12-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191211-50

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36

50
Madrid número 36. Procedimiento 1073/2018

EDICTO

Doña María Ángeles Muñoz Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2), número 1073/2018, instados por la procuradora doña María Soledad Castañeda González, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Amparo, número 91, de Madrid, contra don Juan Carlos González Albalá y doña María Florencia Habiague, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 17 de octubre de 2019, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimando íntegramente el suplico de la demanda inicial de estas actuaciones promovidas por la Comunidad de Propietarios de la calle Amparo, número 91, de Madrid, representada por la procuradora doña María Soledad Castañeda González, y defendida por el letrado don Miguel Ángel Moreno Martín, contra don Juan Carlos González Albalá y doña María Florencia Habiague, declarados en rebeldía, debo condenar y condeno a los demandados a que abonen a la actora la suma de 3.850,75 euros, así como los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial, con imposición de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de su notificación, para su posterior decisión por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Se apercibe a las partes que es requisito imprescindible para la interposición del recurso de apelación la consignación como depósito de la cantidad de 50 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, salvo que tengan reconocido el beneficio de justicia gratuita.

Para la notificación de la presente a los demandados, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el cual se entregará a la procuradora de la demandante para cuidar de su cumplimiento y devolución, y en el tablón de anuncios de este Juzgado, dado el desconocido paradero de los mismos.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, don Juan Carlos González Albalá y doña María Florencia Habiague, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 17 de octubre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/35.333/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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