Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
11-12-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191211-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 4

56
Fuenlabrada número 4. Procedimiento 696/2018

EDICTO

En el juicio 696/2018 se ha dictado sentencia de fecha 7 de mayo de 2019, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por don José Fernández Docio contra doña María Rosa García Varilla:

1.o Declaro procedente la disolución de la copropiedad constituida sobre la vivienda sita en la calle Italia, número 31, bloque 1, piso 2.o A, de Fuenlabrada.

2.o En consecuencia, y no existiendo acuerdo entre las partes, declaro la procedencia de su venta en pública subasta con admisión de licitadores extraños, a lo que se procederá en ejecución de sentencia por las normas previstas en el Capítulo IV, Título IV, Libro III de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en lo que sea de aplicación, para el reparto de la cantidad que así se obtenga en proporción a la respectiva cuota de propiedad, una vez deducidos los gastos y/o cargas comunes, incluidos los generados en su caso por la venta.

3.o No se hace especial pronunciamiento en relación con las costas de la instancia.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2884-0000-04-0696-18 de este órgano.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, doña María Rosa García Varilla, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de Madrid.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificados (artículo 267.7 LOPJ).

Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado se interrumpen, en su caso, por la solicitud y en todo caso comienzan a computarse desde el día siguiente a la publicación de este edicto (artículo 267.8 LOPJ).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Fuenlabrada, a 12 de noviembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/39.180/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191211-56