Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
13-12-2019

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191213-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

188
Móstoles número 2. Ejecución 158/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles, HAGO SABER:

Que en la Ejecución 158/2019, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. VENELIN MARINOV MARINOV frente a D. CÁNDIDO MANUEL MARTINS MIRANDA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de 03/09/2019, tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO

En Móstoles, a tres de septiembre de dos mil diecinueve.

Únase oficio del Registro de Bienes Muebles de Madrid, comunicando la anotación de embargo sobre el vehículo matrícula 3597DWF, y con carácter previo a la venta en pública subasta, procédase a la tasación y peritación de dicho vehículo, designándose al efecto al Perito que por turno corresponda de los adscritos a la Oficina de Peritos Judiciales.

Dese conocimiento de dicho nombramiento a las partes y terceros que conste tengan derechos sobre los bienes a tasar, para que dentro del segundo día siguiente a la notificación, puedan designar otros por su parte, con la advertencia de que transcurrido dicho término sin ejercitar este derecho, se les tendrá por conformes (art.261 LRJS).

Líbrese asimismo oficio a la referida oficina de peritos Judiciales, a fin de que procedan al desempeño de su cometido en el plazo máximo de OCHO DÍAS, con traslado de copia de los bienes embargados.

MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco Santander con nº 2851-0000-64-0158-19 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D. CÁNDIDO MANUEL MARTINS MIRANDA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a once de noviembre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/38.137/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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