Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
13-12-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191213-61

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2

61
Torrejón de Ardóz número 2. Procedimiento 692/2018

EDICTO

DOÑA MARÍA ESTHER SOMOZA HERNÁNDEZ, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 2 en funciones de sustitución.

Da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados num. 692/2018 instados por Procurador DON RUBÉN LLORENTE AMOR en nombre y representación de DOÑA DORA AIDEE RAMÍREZ ARIAS contra DON JOSÉ ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ en reclamación de MEDIDAS PATERNO FILIALES, en los que se ha dictado en fecha 17/10/2019 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

ESTIMO PARCIALMENTE la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales, don Rubén Llorente Amor en nombre y representación de DOÑA DORA AIDEE RAMÍREZ ARIAS frente a DON JOSÉ ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ y en consecuencia acuerdo la adopción de las siguientes medidas:

1.º La titularidad de la patria potestad de la menor YAIZA VALENTINA SÁNCHEZ RAMÍREZ (nacida 19 de octubre de 2005), será compartida entre ambos progenitores; atribuyendo a DOÑA DORA AIDEE RAMÍREZ ARIAS el ejercicio exclusivo de la patria potestad de la menor, y de la guarda y custodia de la menor.

Ello supone que DOÑA DORA AIDEE RAMÍREZ ARIAS podrá efectuar todas las gestiones que estime necesarias en interés de la menor; así como a adoptar decisiones en relación con la salud o educación de la menor YAIZA VALENTINA, sin necesidad del consentimiento de DON JOSÉ ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ.

2.º No se fija régimen de visitas alguno a favor de DON JOSÉ ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ con la menor YAIZA VALENTINA SÁNCHEZ RAMÍREZ.

3.º DON JOSÉ ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ deberá abonar, en concepto de pensión de alimentos de la menor, la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS/MES (150,00 euros/mes). Dicha cantidad será pagadera por meses anticipados dentro de los cinco primeros días de cada mes, suma que deberá ser actualizada anualmente de acuerdo con las variaciones que pueda sufrir el IPC publicado por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que lo sustituya a fecha de la presente resolución; mediante ingreso o transferencia a la cuenta que designe DOÑA DORA AIDEE RAMÍREZ ARIAS.

Ambos progenitores deberán abonar por mitad los gastos extraordinarios de la menor, tales como los médicos, sanitarios y farmacéuticos no cubiertos por la seguridad social. Y las excursiones, actividades extraescolares, clases particulares de la menor recomendadas por el Colegio y las convenientes para la formación de la menor...

4.º Se prohíbe a DON JOSÉ ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ viajar con la menor YAIZA VALENTINA SÁNCHEZ RAMÍREZ, (nacida 19 de octubre de 2005 en Alcalá de Henares) al extranjero, debiendo librarse los Oficios correspondientes para la anotación de la prohibición.

Todo sin especial pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que en su caso deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los 20 días siguientes a aquel en el que se le notifique esta resolución (art. 458.1 LEC) y del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.

La interposición de dicho recurso precisará de la previa constitución del depósito de 50,00 euros, en la “Cuenta de Depósitos y Consignaciones” de este Juzgado de acuerdo con la Disposición Adicional Décimo Quinta de la LO 6/1985, de 1 de Julio del Poder Judicial, introducida por la LO 1/09, de 3 de noviembre de 2009.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, la pronuncio, mando y firmo

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado DON JOSÉ ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Torrejón de Ardoz, a 17 de octubre de 2019.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/38.637/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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