Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
16-12-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191216-115

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

115
Madrid número 26. Ejecución 161/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Montserrat Torrente Muñoz letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 161/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUSTO LOZANO CASTRO frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y AURE ARQUITECTURA Y OBRAS DE CONSTRUCCION SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 4 de noviembre de 2019 y auto de aclaración de fecha 12 de noviembre de 2019 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Auto de 4 de noviembre de 2019

PARTE DISPOSITIVA

Se DECLARA EXTINGUIDA la relación laboral que unía a DON JUSTO LOZANO CASTRO con DAY BELL CONSULTING, S.L., con efectos de 04.11.2019, condenando a la empresa a que abone al trabajador las siguientes cantidades:

NOMBRE TRABAJADOR: DON JUSTO LOZANO CASTROINDEMNIZACIÓN: 1.645,88 EUROS

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: 3.939,44 EUROS de los que deberán descontarse las cantidades percibidas por desempleo

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2524-0000-64-0161-19.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

Auto de 12 de noviembre de 2019

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda aclarar y subsanar la/el el Auto de fecha 04.11.2019 consistente en rectificar su parte dispositiva y en lugar de DAYBELL CONSULTING SL DEBE DECIR AURE ARQUITECTURA Y OBRAS DE CONSTRUCCION SL

Incorpórese esta resolución al libro de Sentencias/Autos y llévese testimonio a los autos.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este Auto.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AURE ARQUITECTURA Y OBRAS DE CONSTRUCCION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/38.404/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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