Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
16-12-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191216-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

72
Madrid número 3. Ejecución 127/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 03 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 127/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VALENTIN CANDOI frente a HISPANOFERRO 2018 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:

AUTO

En Madrid a veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que unía a doña Valentín Candoi y a la entidad mercantil HISPANOFERRO 2018 SL a fecha de la presente resolución, 21 de noviembre de 2019, condenando a la misma al abono de la suma de 7.396,04 euros en concepto de indemnización así como la suma de 15.263,64 euros por los salarios de tramitación, cantidad resultante tras haber descontado la cantidad percibida en concepto de prestación por desempleo.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2501-0000-64-0127-19.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SÁNCHEZ.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HISPANOFERRO 2018 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.775/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191216-72