Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191217-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

69
Arganda del Rey. Régimen económico. Calendario fiscal

Número expediente: 128/2019/93300.

Visto el informe emitido por la jefa de la Unidad de Ingresos Públicos, que dice:

Con el fin de dar a conocer el calendario de cobro de los tributos municipales de carácter periódico del año 2020 y facilitar, en consecuencia, la planificación de los ingresos y el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, se informa:

Resultando: que el calendario de cobro intenta armonizar las facilidades en el pago y los necesarios flujos monetarios derivados de los ingresos tributarios, al mismo tiempo que facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias al contribuyente, junto con la posibilidad de acogerse al sistema especial de pago en diez plazos (FGU) respecto de los tributos de carácter periódico a liquidar durante el año 2020.

Considerando: el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 107.1 de la actual ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de los tributos, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 21 de febrero de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 44).

Considerando: las competencias delegadas por la Alcaldía-Presidencia, por su decreto de Alcaldía número 2019003008, de 17 de junio de 2019, y en concreto, “8. La gestión de ingresos de titularidad municipal e inspección tributaria. En particular: la aprobación del calendario fiscal (…).

Vistos los preceptos legales citados, en virtud de las competencias delegadas por la Alcaldía-Presidencia, por su decreto de Alcaldía número 2019003008, de 17 de junio de 2019

RESUELVO

Primero.—La aprobación con carácter general del calendario de cobro, a continuación relacionado, de los tributos municipales de carácter periódico del año 2020:

Segundo.—Para aquellos contribuyentes acogidos al Sistema Especial de Pagos (FGU), las cuotas mensuales se cargarán en cuenta, con carácter general, los días 10 de cada mes.

Tercero.—Los plazos previstos en los apartados anteriores podrán ser modificados excepcionalmente mediante resolución de la concejala-delegada de Hacienda.

Cuarto.—La inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento por el plazo de treinta días, a contar desde la fecha de su publicación.

Arganda del Rey, a 27 de noviembre de 2019.—La concejala de Hacienda y Régimen Interior, Ana María Sabugo Marcello.

(02/39.966/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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