Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2019

Sección 1.3.107.30: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191219-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

CONSORCIO URBANÍSTICO ÁREA INDUSTRIAL VALDELACASA

18
ACUERDO de 21 de noviembre de 2019, del Consejo de Administración del Consorcio Urbanístico “Área Industrial Valdelacasa”, en liquidación, de Alcobendas (Madrid), por el que se delegan competencias y se revocan poderes conferidos.

Mediante Decreto 278/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, se modifica el Decreto 30/2019, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, y se adscriben a dicha Consejería 19 consorcios urbanísticos, entre los que se encuentra el Consorcio Urbanístico “Área Industrial Valdelacasa”, en liquidación, de Alcobendas (Madrid).

Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (artículo 9.3), se procede a la publicación del siguiente Acuerdo, adoptado por el Consejo de Administración en sesión celebrada el 21 de noviembre de 2019:

Primero

Delegar las siguientes competencias en el titular del Órgano Liquidador, Director General de Suelo:

— Aprobar y adjudicar todo tipo de contratos administrativos y privados, cuando el importe de los mismos no supere el límite establecido para los contratos menores en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que actualmente son 15.000 euros para contratos de servicios y suministros y 40.000 euros para contratos de obras.

— Autorizar y disponer gastos, reconocer obligaciones y ordenar pagos con los mismos límites y en las mismas cuantías.

— Autorizar y disponer gastos, reconocer obligaciones y ordenar pagos de obligado cumplimiento.

— Devolución y constitución de todo tipo de garantías.

— Resolución de solicitudes de autorización de transmisión de parcelas y posposición y cancelación de condiciones resolutorias.

— Interposición de reclamaciones y Recursos en vía administrativa.

Segundo

Delegar las siguientes competencias, de forma mancomunada, con al menos dos firmas, en el Presidente, Vicepresidente y en el titular del Órgano Liquidador:

— Apertura y cancelación de cuentas bancarias.

— Constitución y retirada de depósitos.

— Reconocer obligaciones, disponer gastos y ordenar pagos cuando superen los límites y cuantías establecidos para los contratos menores en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Tercero

Revocar los poderes conferidos en su día por el Consejo de Administración.

En Madrid, a 21 de noviembre de 2019.—El Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Urbanístico“Área Industrial Valdelacasa”, en liquidación, de Alcobendas, Mariano González Sáez.

(01/41.094/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.30: I. COMUNIDAD DE MADRID

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