Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191219-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

36
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Concesión subvenciones

Resolución de 17 de diciembre de 2019, de la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, por la que se ordena la publicación de las resoluciones de concesión, desistimiento o denegación definitiva de subvención a beneficiarios de las ayudas convocadas por Decreto de 2 de octubre de 2013, de la delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, para actuaciones de rehabilitación para la mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética de las edificaciones.

De acuerdo con el Decreto de 2 de octubre de 2013, de la delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2013 dirigidas a actuaciones de rehabilitación para la mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética de las edificaciones, debe procederse a la notificación de la resolución definitiva de concesión, desistimiento o denegación a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en este último junto con sus anexos.

En las fechas que se indican en cada caso, el delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano ha dictado resolución definitiva de concesión de subvención para cada uno de los beneficiarios del anexo, y que incluye en cada caso la ayuda concedida y la fecha de concesión definitiva. El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Servicio de Ayudas a la Regeneración del Ayuntamiento de Madrid, calle Ribera del Sena, número 21, 28042 Madrid.

Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, según dispone el artículo 28.4 de la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos de fecha 30 de octubre de 2013, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Madrid, a 17 de diciembre de 2019.—La directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Isabel Calzas Hernández.

(01/41.886/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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